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Compro parte de la casa de mis padres

4 Comentarios
 
Compro parte de la casa de mis padres
16/04/2021 12:43
Somos dos hermanos , cuando fallecen mis padres la vivienda decidimos que yo le compraba su parte,no hice hipoteca y se la he pagado mes a mes,haciendo los recibos en privado, ahora la termino de pagar , ya tengo escritura privada , tiene vazlidez esa escritura o necesitaria otra.
16/04/2021 18:02
Deben de ir al notario y inscribirla en escritura público, si no su hermano seguirá siendo propietario de la vivienda.
21/04/2021 08:10
Gracias. Lo del notario me costara muy caro y ademas tendre que pagarle en hacienda?
21/04/2021 10:50
chiripa
Hola Chiripa,

¿Muy caro? Pues depende de lo que usted considere muy caro. No son fijos y se calculan en función del nº de folios, tendrá que preguntar en la notaría. Es un gasto obligatorio, hay que escriturar, si no, no tendrá nada dónde conste que la vivienda es suya.

Además después debería inscribirlo en el registro, no sabría decirle el precio exacto, creo que un 6-8% del valor de la propiedad. Esto no es obligatorio, pero si muy conveniente, porque protege al titular y facilita la transmisión, si algún día quisiera venderla o para sus herederos.

Por último, tendrá que pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y sus hermanos tendrán que declarar lo que usted les ha pagado como IRPF.

Le deseo mucha suerte.
21/04/2021 13:29
mirarhaciadelante
Corrijo lo anterior, los precios del registro de la propiedad:
- Si el valor de la finca o derecho no excede de 6.010,12 euros: 24,04 euros.
- Por el exceso comprendido entre 6.010,13 y 30.050,61 euros: 1,75 por cada 1.000.
- Por el exceso comprendido entre 30.050,62 y 60.101,21 euros: 1,25 por 1.000.
- Por el exceso comprendido entre 60.101,22 y 150.253,03 euros: 0,75 por 1.000.
- Por el exceso comprendido entre 150.253,04 y 601.012,10 euros: 0,30 por 1.000.
- Por el valor que exceda de 601.012,10 euros: 0,20 por 1.000.
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Compro parte de la casa de mis padres
16/04/2021 12:43
Somos dos hermanos , cuando fallecen mis padres la vivienda decidimos que yo le compraba su parte,no hice hipoteca y se la he pagado mes a mes,haciendo los recibos en privado, ahora la termino de pagar , ya tengo escritura privada , tiene vazlidez esa escritura o necesitaria otra.
16/04/2021 18:02
Deben de ir al notario y inscribirla en escritura público, si no su hermano seguirá siendo propietario de la vivienda.
21/04/2021 08:10
Gracias. Lo del notario me costara muy caro y ademas tendre que pagarle en hacienda?
21/04/2021 10:50
chiripa
Hola Chiripa,

¿Muy caro? Pues depende de lo que usted considere muy caro. No son fijos y se calculan en función del nº de folios, tendrá que preguntar en la notaría. Es un gasto obligatorio, hay que escriturar, si no, no tendrá nada dónde conste que la vivienda es suya.

Además después debería inscribirlo en el registro, no sabría decirle el precio exacto, creo que un 6-8% del valor de la propiedad. Esto no es obligatorio, pero si muy conveniente, porque protege al titular y facilita la transmisión, si algún día quisiera venderla o para sus herederos.

Por último, tendrá que pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y sus hermanos tendrán que declarar lo que usted les ha pagado como IRPF.

Le deseo mucha suerte.
21/04/2021 13:29
mirarhaciadelante
Corrijo lo anterior, los precios del registro de la propiedad:
- Si el valor de la finca o derecho no excede de 6.010,12 euros: 24,04 euros.
- Por el exceso comprendido entre 6.010,13 y 30.050,61 euros: 1,75 por cada 1.000.
- Por el exceso comprendido entre 30.050,62 y 60.101,21 euros: 1,25 por 1.000.
- Por el exceso comprendido entre 60.101,22 y 150.253,03 euros: 0,75 por 1.000.
- Por el exceso comprendido entre 150.253,04 y 601.012,10 euros: 0,30 por 1.000.
- Por el valor que exceda de 601.012,10 euros: 0,20 por 1.000.