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Computo del plazo de prescripción

2 Comentarios
 
Computo del plazo de prescripción
07/02/2005 20:00
En el 2003 se solicita una licencia de acondicionamiento de local,( Madrid), y es denegada en sept. del 2004 por una posible irregularidad en el edificio de nueva planta terminado de construir con toda la documentación administrativa( en regla) en 1998 .

A todo esto el propietario, acondicionó el local sin tener la licencia de acondicionamiento en su poder, pensando en un simple retraso burocrático de la Admon.

El valor de la obra ejecutada, no compensa un Contencioso Administrativo.

Lo más prudente, sería dejar el local cerrado, hasta que prescribiese el plazo de cuatro años, ¿ Cuál es la fecha que hay que tomar como referencia : la de terminación del edificio,
la del inicio del expediente, o la de la resolución, con la denegación de licencia? ( Normativa, aplicada : PGOUM 1997 y Ordenanza de Tramitación de Licencias).
07/02/2005 20:42
Preclaro tema de Civil- Procedimiento Administrativo.
Deberías pinchar esta consulta en ese foro, donde contestan espertos en el tema, dado que entiendo no es un tema "Urbanístico"
08/02/2005 20:52
Entiendo que, dado que existe resolución denegando la licencia, el plazo a tener en cuenta será desde la denegación; otra cosa será si el plazo transcurrido entre la solicitud y la resolución es tan amplio como para que el silencio administrativo obre en tu beneficio...
Salvo mejor opinión, claro.