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Cómputo horas sindicales. horario de obligado cumplimiento.

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Cómputo horas sindicales. horario de obligado cumplimiento.
25/02/2019 18:52
Soy miembro del comité de del colectivo bajo convenio de UTEDLT de Granada, integrado en el S.A.E., como miembro de dicho comité venía disfrutando en el año 2018 mi crédito horario de (25 horas mensuales), tanto a 6,30 horas para la jornada completa, (y no se me descontaba nada de mi bolsa de horas de trabajo efectivo ) y cuando me pedía las horas sindicales a 5 horas para la jornada completa, que es el horario de obligado cumplimiento de 9 a 14 horas, el resto (1,5 horas)se detraía de mi bolsa de horas. Pero en el mes de enero de este año 2019, la empresa me ha rechazado la petición de horas sindicales, cuando las pido a 5 horas (como jornada completa), alegando que han cambiado de criterio desde primero de año, sin previo aviso y sin que hasta la fecha se me haya comunicado dicho cambia de criterio por escrito y razonado jurídicamente, como les he pedido. Por lo que desearía que me indicarais si existen sentencias firmes con respecto a este tema, o normativa clara donde se diga si puedo tomarme mis horas para desarrollar mi actividad sindical, solamente a 5 ahora, de 9 a 14 horas, (horario de obligado cumplimiento) como cualquier otro trabajador puede hacer dentro del Servicio Andaluz de Empleo, y el resto de horas recuperarlas en cualquier otro día, o debo de pedir 6,30 horas como pretende la empresa con su cambio de critero.