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comunicación de despido periodo de prueba

2 Comentarios
 
Comunicación de despido periodo de prueba
23/05/2016 20:41
Empecé a trabajar el día 5 de este mes con un contrato temporal de 3 meses y un periodo de prueba de 15 días, el día 16 me dijeron por teléfono que no había superado la prueba, ese mismo día me dieron de baja en la Seguridad Social, pero sin embargo, estando a día 23, aún no me han entragado la comunicación por escrito de la rescinsión del contrato ni tampoco he firmado la nómina ni cobrado los días trabajados. ¿Qué plazo tienen para entragarme dicha comunicación? ¿Se considera ese retraso, dadas las fechas, como si hubiese superado dicha prueba? ¿En ese caso que derechos tendria al respecto? Muchas gracias
23/05/2016 20:54
Por una parte, al ser de palabra puede usted demandar por despido improcedente, (de poco le va a servir, aunque le den despido improcedente la indemnización es de 33 días/año trabajado, así que si no lleva ni 15 días haga usted mismo las cuentas), por otra parte esta lo que pueda hacer la empresa, usted dice que le despiden de palabra ellos pueden argumentar que le han dado de baja por no presentarse al trabajo, (las palabras se las lleva el viento)
24/05/2016 13:44
Puede reclamarle por despido improcedente y el finiquito. Para lo primero tiene 20 días hábiles.

Soy graduado social
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Comunicación de despido periodo de prueba
23/05/2016 20:41
Empecé a trabajar el día 5 de este mes con un contrato temporal de 3 meses y un periodo de prueba de 15 días, el día 16 me dijeron por teléfono que no había superado la prueba, ese mismo día me dieron de baja en la Seguridad Social, pero sin embargo, estando a día 23, aún no me han entragado la comunicación por escrito de la rescinsión del contrato ni tampoco he firmado la nómina ni cobrado los días trabajados. ¿Qué plazo tienen para entragarme dicha comunicación? ¿Se considera ese retraso, dadas las fechas, como si hubiese superado dicha prueba? ¿En ese caso que derechos tendria al respecto? Muchas gracias
23/05/2016 20:54
Por una parte, al ser de palabra puede usted demandar por despido improcedente, (de poco le va a servir, aunque le den despido improcedente la indemnización es de 33 días/año trabajado, así que si no lleva ni 15 días haga usted mismo las cuentas), por otra parte esta lo que pueda hacer la empresa, usted dice que le despiden de palabra ellos pueden argumentar que le han dado de baja por no presentarse al trabajo, (las palabras se las lleva el viento)
24/05/2016 13:44
Puede reclamarle por despido improcedente y el finiquito. Para lo primero tiene 20 días hábiles.

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