En el mes de febrero de este año me ha tocado como secretaría de mi comunidad.Mi problema es que en esta comunidad hay un vecino con deudas desde el año 2008. Y otro vecino tampoco paga y su situación es que el piso estaba a nombre de su mujer y al fallecer se lo dejó a su hija que es menor de edad, se le puede reclamar.
Las deudas van contra los pìsos, indepedientemente del propietario en cada caso.
Conviene saque relación de todo lo adeudado en cada piso con los intereses correspondientes y lo haga constar en el estado de cuentas en cada junta. Para reclamar, sería al titular en el Registro, pero lo importante es hacer constar las deudas para que no exista posibilidad de prescripción.
Cuando llegue el momento del embargo del piso seguro que aparece alguien para hacerse cargo.