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con que documento puedo comenzar a tramitar la tarjeta de residencia de un recien nacido

1 Comentarios
 
Con que documento puedo comenzar a tramitar la tarjeta de residencia de un recien nacido
04/12/2011 21:07
Hola, buenas a todos.
mi consulta es la siguiente, mi hijo ha nacido hace un mes y poco , necesito viajar a chile para mediados de enero. tramitar su pasaporte chileno se demora 4 meses ,para poder viajar me dan en el consulado un documento de viaje (y en chile sacaria su pasaporte), pero no se si lo dejaran que vuelva a entrar.
la otra opcion es tramitar su targeta de residencia , pero para ello me han dicho que primero necesito su pasaporte, en una oficina me han comentado que puedo presentar su inscripcion en el consulado mas una foto o un justificante de que esta en tramite , pero luego parece que no ,que solo podria comenzar a tramitarlo cuando tenga el pasaporte en mano.
bueno , alquien me podria orientar que es lo mas viable, pues necesito viajar , pero si sumo todo el tiempo que llevaria podria tardarme mas de 6 meses. t
anto mi compañera como yo tenemos residencia legal en españa. gracias de antemano
05/12/2011 23:13
Hola. Primero, debe considerar si cabe la posibilidad, según su ley personal o la ley personal de la madre del menor, si no es de su misma nacionalidad y tampoco española, de que el menor pudiera haber nacido apátrida, al no serle atribuida nacionalidad alguna por la ley personal de ninguno de los progenitores. De ser ese el caso, sería aplicable lo dispuesto en el art. 17.1.c, por el cual se atribuye la nacionalidad española de origen a los nacidos en España de padres extranjeros cuando la ley personal de ninguno de ellos atribuya nacionalidad alguna al menor.

Luego, si, finalmente, el menor es extranjero, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente, adquiere AUTOMÁTICAMENTE la residencia del progenitor que sea residente legal (en el caso de que uno no lo sea). La tramitación, con todo, exige que, además del certificado literal de nacimiento del Registro Civil español (que debe inscribir el nacimiento, aunque el menor sea extranjero), se aporte el pasaporte en vigor, ya que este documento le es exigible a cualquier extranjero que se encuentre en territorio español.

Por otro lado, para salir de España, es posible hacerlo con documentación defectuosa o incluso sin ella si queda suficientemente acreditada la identidad del extranjero. Para entrar en Chile, si el menor es chileno, bastará, en defecto de pasaporte, el documento que le han entregado (seguramente, un salvoconducto) y aun a falta de él, cualquier documento que pruebe la nacionalidad chilena del menor (recuerde que a ninguna persona que sea nacional de un Estado se le puede impedir ingresar en el territorio de ese Estado, si queda suficientemente acreditada dicha circunstancia).

El inconveniente, si no tiene todavía pasaporte, lo podrían tener al salir de Chile y para entrar en España, ya que en ambos casos sí le van a exigir pasaporte. Tendría entonces que tramitarle en Chile un pasaporte para su hijo.

Las Oficinas de Extranjeros aceptan la certificación del Consulado de que el pasaporte está en trámite de renovación cuando ya hay un pasaporte caducado, que se debe presentar, en todo caso, junto con la mencionada certificación consular; igualmente, admiten las diligencias de prorrogación de validez extendidas en algunos pasaportes, que estilan hacer ciertos países, de acuerdo con su ley.
Pero en el caso de su hijo, se trata de un primer pasaporte, por lo que no puede tampoco recurrirse a esta práctica.

Un cordial saludo.