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Concurso publico y subrogacion

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Concurso publico y subrogacion
29/10/2012 18:11
Trabajo para una empresa que ganó un concurso publico, ahora ha salido el pliego de cara a 2012 que se acaba la concesión y tengo una serie de dudas:

En mi contrato pone:

El contrato de duración determinada se celebra para:

“La realización de la obra o servicio consistente en la realización de las tareas de animación sociocultural que comporta la gestión del Centro Cívico XXXXX, hasta la finalización del servicio que ha sido concedido a la Entidad en concurso público por el Ayuntamiento de XXXXXX, hasta la finalización del mismo prevista para el 31/12/2012, teniendo dicha obra autonomía y substantividad propia dentro de la actividad de la empresa”

En el nuevo pliego sale que las horas de gestión serán menos (pasará de 35 a 25h), mi pregunta es que entiendo que si la empresa que gane el concurso no es la mía, tratándose de la misma obra deberán subrogarme, no?

Estoy sujeta a concurso publico?? Quiero decir, si recortan las horas de gestión (tanto si me quedo en mi empresa como si lo gana otra) no tienen obligación de complementarme con otras actividades mi jornada?

Mi contrato es de Agosto de 2010, entiendo que con las sucesivas reformas laborales, el 01/01/2013 seria indefinida, correcto?

Muchas gracias por las respuestas, de todos modos si alguien pudiese decirme en que normativa puedo encontrar estos asuntos, me haría un favor.
29/10/2012 18:59
1) Tu tienes un contrato de duración determinada, concretamente por obra o servicio, en principio por los datos que das correctamente realizado. Finalizada la obra o servicio (en tu caso por fin de la concesión), finaliza también tu contrato, salvo que el convenio o los propios pliegos administrativos prevean la subrogación del personal de la empresa saliente en la concesión. Si no prevén nada al respecto, legalmente tu contrato se extingue legalmente, es decir, hay causa legal de extinción..."fin de obra o servicio". Por tanto mira lo que disponen los pliegos o convenio aplicable.

2) Lo de la subrogación, tal y como te comenté en el anterior punto, legalmente no se dan las circunstancias (sucesión de empresa en los términos del art. 44 ET), por tanto, sólo existe esa obligación en caso de que así se estipule en convenio o en los propios pliegos, caso contrario tu contrato finalizaría.

3) En cuanto al cambio de horas, es un nuevo contrato tanto si la adjudicación es para tu empresa como para la otra, mira lo que dice el convenio en materia de subrogación, porque aquí las posibilidades son varias según exista o no subrogación.

4) En cuanto a lo de que serías indefinida no se de donde lo sacas ni de que reforma....si te refieres al art. 15.1.a) ET...para adquirir la condición de fijos los contratados por obra o servicio el contrato debe tener una duración superior a 3 años (no es tu caso) y ten en cuenta que la ley permite que por convenio colectivo pueda ampliarse esta duración en 12 meses más. Mira tu convenio, pero en todo caso, no llevas 3 años (sería en agosto 2013).

A salvo de lo que pueda establecer tu convenio o los pliegos en materia de subrogación, entiendo que procedería extinguir tu contrato por fin de obra o servicio (8 días de salario por año) si tu empresa no resulta adjudicataria. Si tu empresa resulta adjudicataria no existen causa para fin de obra o servicio, y por tanto seguirías con el mismo contrato. Y, si la nueva adjudicación es por menos horas, pues la empresa tendrá que llevar a cabo una modificación sustancial de condiciones por la vía del art. 41 ET (puesto que entiendo las causas existen en este caso).