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Concurso voluntario

6 Comentarios
 
Concurso voluntario
07/02/2013 12:08
He presentado la notificación al juzgado de lo mercantil del concurso voluntario de acreedores a nivel personal.
El plazo de 3 meses para pasar del preconcurso al concurso vence a final de febrero.
Solicité en noviembre la petición de justicia gratuíta pero como casi todo en este país, el mes y medio que iban a tardar se ha convertido en que a día de hoy me vuelven a pedir más documentación para presentar a la comisión. Parece ser hasta un retraso intencionado y no dará tiempo a tener un letrado gratuíto para dicha fecha.

Dejé de pagar debido a mi insolvencia las cuotas de la hipoteca de mi casa a finales de año por lo que ya ha llegado la amenaza y el requerimiento del banco del pago total del saldo pendiente. Tengo varios créditos personales de los que algunos voy pagando, además de los impuestos, seguir viviendo, etc.
Dado que vamos tirando para adelante como se puede no podemos pagar el importe que nos pide un abogado particular por un proceso de este tipo. He leído varias veces la ley concursal y con un modelo de escrito para el juzgado, o sin el, podría preparar yo mismo la propuesta económica para los acreedores y para que la acepte el juzgado, estoy negociando con los acreedores personalmente, etc, por lo que el letrado casi no tendría trabajo que hacer. Tengo el planteamiento legal estructurado en función del articulado de la ley.
En resúmen, como creo que es imprescindible que el concurso lo presente un abogado y un procurador, necesito un profesional que me represente para presentar la documentación en dicho juzgado. La propuesta que se va a presentar será aceptada de una manera u otra por lo que se acabará ahí el proceso.

Alguien me puede asesorar de cómo actuar y/o podría darme presupuesto de la gestión mencionada(presentación del escrito y representación al respecto).

muchas gracias.
13/02/2013 09:10
Personalmente me parece muy mala opción hipotecar tu futura vida económica en un concurso,
El problema no es lo que te cueste el abogado, sino lo que te va a costar el administrador concursal.
Solicita la suspensión del plazo del preconcurso hasta disponer del letrado de oficio designado.
Y piensate bien en dónde te estás metiendo.
13/02/2013 10:34
Le agradezco mucho la respuesta.
No tengo ni idea de los gastos que ocasionaria ese administrador concursal ni el proceso en cuestión. Es lo que me recomendaron y lo único que pude hacer para salir del paso.
En principio el plan es conseguir refinanciar la deuda con este sistema de presión ya que los hijos de su santa madre de los bancos, por las buenas, aunque te comprometas a pagarles justificádamente de una manera más olgada sólo me proponian opciones para machacarme y hundirme más aún.
Sigo pagando parte de los préstamos ya que aún tengo ingresos.

Mi plan, en principio, es conseguir una nueva propuesta de financiación según marca la ley concursal sin seguir con el proceso y, dadas las malas artes y lo perro que ha sido cierto banco, si el juez lo acepta, fastidiarles y que les reduzca el importe de la deuda lo máximo posible.

Vuelvo a agradecerle su información. Tal como está este país aún quedan buenas personas.
hola. Varias cosas, de lo que aquí se ha dicho:
1º.- la ley no prevee suspensión del plazo del 5 bis LC.
2º.- el Administrador concursal cobra respecto a lo establecido en su arancel, la remuneración está indexada al pasivo y activo (el arancel es público), y tiene que autorizarlo el juez. Cobra de la masa y si ésta fuera insuficiente, existe un fondo de garantía para que cobren un mínimo.
3º.- si la deuda financiera tiene garantía hipotecaria o cualquier otra garantía real, estos créditos van por otro lado y no van a entrar ni a quitas ni a esperas, por lo que la deuda no se va a reducir.Si puede retrasar la ejecución, con el consiguiente perjuicio para el banco.
rinconygarcia.abogados@gmail.com
14/02/2013 21:15
Un abogado me dijo que haciendo la propuesta de pago anticipada al presentar el concurso se podían reducir cualquier tipo de deuda hasta un 50% teniendo un apoyo de los acreedores de un 10% del pasivo.
15/02/2013 09:31
1º.- La Ley, aún no previendo la suspensión en la norma concursal, dada la imposibilidad por causas administrativas (el nombramiento de abogado de oficio) de cumplir el plazo, podrá suspender, con arreglo a la Ley de Enjuiciamiento Civil.

2º - El administrador cobra de la masa (o sea del dinero o bienes del concursado) que bastante mal está para que de sus bienes se cobre un profesional nada barato.

3º.- Retrasar la ejecución hipotecaria beneficia a la entidad financiera ya que cobra más intereses.

- Me reafirmo en mi idea de que para un particular resulta ruinoso el concurso voluntario, no solo por lo anterior sino principalmente por el futuro que le queda.
Con mi intervención no estoy abogando por el Concurso, el cual deberá esta a cada caso concreto.
No estoy de acuerdo en lo que se dice: el al banco le interesa el retraso de las ejecuciones. No es así, no obstante si fuera así podría retrasarlas fuera de un concurso y no lo hace.