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Condición resolutoria por caducidad y carga hipotecaria

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Condición resolutoria por caducidad y carga hipotecaria
28/01/2009 17:30
Mi consulta es la siguiente:

Mi padre, fallecido, nos dejó un piso a mi, a mi madre y a dos hermanos más.

Los documentos que tengo del piso son:


- Escritura de compraventa de mi padre , inscrita por el Registro de la propiedad de Madrid.(1975)

- Testamento de mi padre (1984) y adjudicación de herencia a los herederos. pasada por el registro tambien (1990)

Los hechos son:

1. En el escrito de compraventa figuran:

-una carga de una hipoteca constituida en 1960 y a pagar lo que quedaba por mi padre hasta 30 años despues -venceria en 1990.

-Se pacta el pago, parte en la hipoteca descrita, y parte en 18 plazos mensuales consecutivos , con vencimiento en tal dia...-no figuran que sean letras, solo pone que son "18 plazos".

-Tambien figura pactada lo que yo entiendo como una condicion resolutoria. Dice: " La falta de pago a su vencimiento de cualqiera de los plazos indicados, producira de pleno derecoh la resolucion de esta venta volviendo el piso a la propiedad de la vendedora..."


2. En la adjudicacion de herencia de mi padre, sin embargo, figura "libre de cargas".

3. Lo que queremos hacer los herederos, es que figure el piso a nombre de los cuatro (bueno, una de mis consultas es que supongo que el piso ya no hay que volverlo a inscribir porque ya nos figura nuestro en la adjudicacion de herencia .. o sí?) La cuestion es que yo queria insciribirlo (o como se llame) a nombre de los herederos, pero SIN CARGAS.

Para ello, según mis averiguaciones, debo hacer lo siguiente:

- RESPECTO A LA CONDICION RESOLUTORIA. La condicion resolutoria prescribe a los 15 años, y esta caducada de sobra, por lo que solo habria que primero, presentar el documento de A.Jur.Documentados que creo que saldria exenta, pero habria que presentarlo (?); segundo, ir a la Agencia tributaria y presentar una "instancia" al registrador de la propiedad, y que la sellen, y tercero, con estas dos cosas ir finalmente al registrador PARA QUE QUITE LA PRIMERA CARGA.

- RESPECTO A LA HIPOTECA. Creo que como falta solo un año para que caduque (en 2010 habrian pasado los 20 años que creo necesario para que caduquen las hipotecas.), quiza para liberar esta carga lo mas facil sería esperar un año y volver al registrador, para que liberara esta vez la segunda carga. (lo digo porque se extravio..etc.)



- RESPECTO A INSCRIBIRLA A NOMBRE DE LOS CUATRO sin cargas. No se si liberar primero la condicion resolutoria, y luego inscribirla a nombre de los cuatro - o es la misma cosa? En fin, no se exactamente si todo esto es lo que debo hacer para que el piso ya este lo mas liberado de cargas posible y correctamente inscrito a nombre de los herederos.

MI consulta:

A raiz de lo expuesto.. me gustaría me indicaran un breve inventario de los pasos que deberia dar (y en que orden) para liberar las cargas e inscribirlo (si es que hace falta) correctamente a nombre de los herederos.

Muchas gracias , si necesitan culaquier aclaracion les respondo via email.

Un cordial saludo,

Ana Campos.