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Conducir sin carnet y sin seguro

13 Comentarios
 
Conducir sin carnet y sin seguro
12/02/2012 18:19
Hola buenas tardes fuimos en mi vehículo al centro de Madrid conduciendo un amigo que tiene carnet, ya que ellos bebieron y yo no había bebido decidí coger yo el vehículo (yo no dispongo de carnet ya que estoy sacándomelo).
Justo al salir del aparcamiento iba detrás mía un coche de policía y me paró pidiéndome la documentación, ahí fue cuando pude comprobar que el coche no disponía de seguro ya que el anterior dueño lo tenia hasta febrero y lo canceló antes de tiempo).
Y que yo no tengo carnet de conducir, me han citado para el día 20 de febrero para un juicio rápido y no se que pasará conmigo ya que iba sin seguro y sin carnet
además de que soy militar y no se si llegará a mi trabajo la sentencia.
Muchas Gracias y disculpe las molestias.
12/02/2012 19:16
Tienes permiso de conducción AM (ciclomotores)?
Si lo tienes no sería delito, pero si no pues se te aplicará el 384 C.P.
En cuanto a circular sin seguro la sanción orscila entre 601 y 3.005 euros.
12/02/2012 20:49
No no dispongo del permiso de ciclomotores tampoco lo único es que estoy apuntado a la autoescuela sacandome el carnet es lo que puedo demostrar...

Y que me puede pasar si me aplican ese artículo voy a la carcel?? o me pondran multa y trabajos sociales??

También decir que no tengo antecedentes por nada.. si de algo sirve...

Y que puedo decir para rebajar la condena o el castigo??

Muchas Gracias y Disculpe las molestias.
12/02/2012 20:58
Hola

No hombre, no pienses en prision, ni en broma, seguramente quedará en una sancion ( puede ser una sancion alta o no) pero tranquilo, que a prision no vas a ir

saludos
12/02/2012 21:05
Si es la primera vez no irás a prisión, te impondrán una pena de multa importante o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
12/02/2012 21:25
Y mi trabajo ya que soy militar tendra constancia de ese delito??
Es que si llegan a tener constancia pues me haran una falta grave por dentro y a la calle cuando termine los trámites...
Muchas Gracias y disculpen las molestias.
12/02/2012 23:51
El seguro, si el coche es un amigo, la denuncia irá a parar a él.
El delito contra la seguridad vial, aquí si tendrás un problemilla. ¿Cómo se te ocurre conducir sin permiso?.
Está todo muy informatizado, en caso de condena y siendo militar, que sí llegarán a saberlo tus superiores.
13/02/2012 17:37
El seguro era mi coche por lo tanto el seguro es a mi también...
Y conduje porque las otras dos personas habian bebido y el que disponia de carnet de conducir pero estaba en casa durmiendo pues me decidi ya que era mi coche y no podia dejarlo en el carga y descarga.
Yo lo que quiero es que no llegue esa sentencia a mi cuartel...
Pero también tengo que decir que me identifiqué como militar...
Muchas Gracias y Disculpen las molestias.
13/02/2012 18:49
El carecer de seguro es una infracción administrativa, la pagas y punto.
El motivo por el que condujiste sin carnet es irrelevante, salvo que circularas por el Teneré y al conductor le diera un golpe de sol y para socorrerlo tuvieras que conducir tú (evitar un mal mayor).
Yo no me preocuparía por tu condición de militar, no creo que se ponga en conocimiento de esa administración el delito que cometiste, aunque todo es posible y no puedo confirmar tal extremo.
Suerte y cabeza.
13/02/2012 22:12
Lamento darte malas noticias, pero la disposicion adicional primera de la ley organica del regimen disciplinario de las FAS obliga a la jurisdiccion ordinaria a informar a la administracion militar de las condenas que imponga.
Si el juzgado que lleva tu caso cumple como es debido lo tienes muy mal.

Si quieres leerlo tu mismo busca en google "regimen disciplinario de las fuerzas armadas" y consulta la primera disposicion adicional.

Perdon por las faltas ortograficas, escribo desde um movil.
13/02/2012 22:31
La única forma de evitar que te condenen en el juicio rápido es que no haya conformidad. Esto supone que irás a un procedimiento abreviado y te condenarán con pena más grave, pero tardaría más de un año en salir el juicio, todo es valorar los pros y los contras. En ningún caso irías a la cárcel.
15/02/2012 19:14
Necesito ayuda sobre 2 multa de trafico : llego a una señal de stop en un cruce, lentamente. en ninguna de las direcciones no circulaba ningún vehiculo ni se veia la policia , paso sin hacer el stop y me sale la policia que estaba escondida y me para, me multa con 200 euros y 4 puntos ._ y me dice que la itv. la tenia que ver pasado el 16 /01/2012 le explique los motivo de no averla hecho, le comente que no tenia recurso ni dinero para sufragar los gastos de desplazamiento y los de la itv , pues vengo del hospital donde tengo a mi esposa ingresada y por esta circunstancia e cogido el coche se lo mostre con documento del hospital, pues no sirvio de nada, otros 200 euros de multa . muchisimas gracia.
04/03/2012 11:13
Si estuviera en mis manos, te pondría una sanción de 100.000 euros por lo menos.....No se puede jugar con la vida de los demás. Qué habría pasado si hubieras tenido un accidente y dejas a alguien en una silla de ruedas o le matas.....? La gente irrresponsable como tú no hace más que crear problemas al resto de ciudadanos. Lo que tenías que haber hecho es contactar con otra persona que tuviera carnet y seguro para que hubiera movido tu coche de sito, y haber cogido un taxi para regresar.
04/03/2012 20:43
Conducir sin tener el carnet, ya sea permiso o licencia de conducción o circular habiendo agotado el saldo de puntos o teniendo el carnet retirado se considera delito penal.

Antes de la Reforma del código penal, se consideraban sólo infracción administrativa.

Circular de esta manera está castigado por el Código penal con las siguientes penas (art. 384):
•Conducir un vehículo o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso por pérdida total de los puntos asignados legalmente, será castigado con la pena de prisión de 3 a 6 meses o con la de multa de 12 a 24 meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
•La misma pena se impondrá al que circule con un vehículo tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial y al que conduzca un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca el permiso o la licencia de conducción.

Este punto concreto de reforma del Código Penal está en vigor desde el 1 de Mayo de 2008


Leer más: http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/06/13/conducir-sin-carnet-o-sin-puntos-delito-penal/#ixzz1oB9uZsts