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Confidencialidad de los e-mail

10 Comentarios
 
Confidencialidad de los e-mail
18/12/2012 12:23
Se ha enviado varios e-mail al Administrador de una Comunidad, sobre denuncias de obras efectuadas en varias viviendas, sin autorización de la Comunidad.
En dichos e-mail, aparece el texto "La información incluida en este e-amil es CONFIDENCIAL, siendo para uso exclusivo del destinatario arriba mencionado.........".
El Administrador, le ha comunicado a dichos propietarios el contenido de los e-mail y de quien los ha recibido.
¿Es esto una ilegalidad o delito por parte del Administrador?.
De no serlo, ¿que habrá que hacer en el futuro, para garantizar la CONFIDENCIALIDAD de los e-mail que se envien al Administrador?.
19/12/2012 09:04
¿Alguna opinión?. Gracias.
19/12/2012 10:24
No sirve para nada. Además de lo chocante que resulta recibir algo así acompañando a cierto tipo de mensajes, resulta que su utilidad como arma para evitar la divulgación de contenido confidencial es nula, ya que no podemos obligar al receptor a que acepte condiciones que le obliguen a cualquier cosa sin su conformidad previa.

Por otro lado, profundizando un poco más sobre el tema, parece que ni los propios abogados se ponen de acuerdo, cosa bastante habitual en éste y otros asuntos, así que lo mejor será estar atentos y no equivocarnos con el destinatario, por si acaso.
19/12/2012 17:38
Pero, ¿no están obligados los Administradores de las Comunidades de Propietarios, a guardar sigilo sobre lo que le comunica un determinado propietario?.
¿Que dice el Colegio de Administradores sobre esta actuación de un administrador colegiado?.
23/12/2012 12:56
¿Alguna opinión mas?.
03/01/2013 19:06
¿Alguna opinión mas?.
04/01/2013 09:18
Esa clausula en sí no sirve de nada si no hay datos confidenciales.
Es decir, si le envías un correo donde cuentas cosas personales, esté o no es clausula, no podrá decir nada pues es una comunicación privada.
Ahora bien, si comunicas cosas de la comunidad, el administrador no es que deba guardar silencio, es que su deber es comunicar lo que tú le hayas indicado porque no es una cosa privada que afecte a los dos, son cosas que afecta a toda la comunidad.
El secreto de las comunicaciones sólo garantiza tu esfera privada, no la esfera pública. Y si lo que pretendes es denunciar cosas de otros propietarios pero que se guarde el anonimato, el administrador no tiene porqué garantizar eso puesto que el infractor, en las mayorías de procedimientos, tiene derecho a conocer al denunciante, por lo que, por analogía, se puede aplicar lo mismo aquí.
04/01/2013 18:46
Acriton, yo a esto le llamo tirar la piedra y esconder la mano. """Le comunico que el vecino tal y el pascual, están haciendo obras o alguna cosa ilegal, pero es confidencial, que no se entere nadie de por donde le ha llegado la información o chivatazo.""" No me parece serio. Si están cometiendo un delito se avisa a la policía, si es algo ilegal en materia comunitaria se avisa al presidente y se da la cara, o se calla uno.
05/01/2013 22:09
Para Fontanero:

Yo interpreto, que si un propietario dirige E-mail a la Administración, sobre una infracción de un propietario, es para que la Junta Directiva con Presidente, Vicepresidente y Vocal a la cabeza, actuen contra dicho propietario infractor, en defensa de los intereses de la Comunidad.
No veo correcto, que se le informe al propietario infractor, datos de quien ha hecho la denuncia, cuando el Presidente puede actuar "de oficio". Esto conllevaría a un enfrentamiento personal, que podría evitarse.
Entonces, ¿Que debe hacer un propietario?, ¿callarse lo que vea y hacerse el loco?.
07/01/2013 10:25
Acriton, como te he dicho, el administrador tiene varias opciones, pero lo de informar en un Junta es la opción más transparente.
Y como en casi todos los "procesos a instancia de parte", el "denunciado-infractor" tiene el derecho de conocer quién le acusa, es casi un principio básico de defensa (no en todos los procesos pero sí en la mayoría)
Por tanto, que el Administrador o el Presidente lo exponga en Junta y diga quién es quien lo ha dicho, no es nada ilegal, todo lo contrario, es un ejercicio de transparencia.
07/01/2013 12:15
La Comunidad, tiene aprobado en Junta unas normas internas para la ejecución de obras de reforma.
No es necesario, llevar a Junta cada infracción a esas normas, ya que es el Presidente el que debe ejercer el control sobre las mismas.
Otra cuestión, sería que por desobediencia del propietario infractor, hubiera que llevar el tema a juicio. Ahí si se tendría que llevar el asunto a Junta con toda la documentación.
En este caso, el propietario "denunciante", solamente está facilitando la labor del Presidente.