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Constitución nueva Comunidad e Intercomunidad

3 Comentarios
 
Constitución nueva comunidad e intercomunidad
21/05/2007 05:18
Recientemente nos han entregado las viviendas y la empresa que nos las entrego celebró una reunión para elegir Presidente de los diferentes Bloques, así como un Presidente de la Intercomunidad.
Llevamos cerca de dos meses viviendo en los pisos y sufrimos un abandono total en el tema de limpieza, seguridad, mantenimiento,aparte de todos los problemas de contratación de luz, etc....
Mis preguntas son las siguientes:
1. Tienen capacidad los Presidentes por si sólos para aprobar las cuotas mensuales de comunidad e Intercomunidad.
2. Al hilo de la anterior ¿Y para contratar el Administrador y demás servicios?

3 -Cansado de la situación y de la desinformación que estoy sufriendo, ya que ni siquiera sé quienes son los Presidentes correspondientes, he convocado una reunión con los propietarios al objeto de poder convocar una Junta Extraordinaria, para pedir responsabilidades a quien corresponda..., según he leido en los Foros he de conseguir tener un 25 % de propietarios para solicitarla al Presidente de la Intercomunidad la convocatoria de una Junta o esto va por Bloques, agradecería una respuesta. Gracias a todos.

21/05/2007 20:11
"1. Tienen capacidad los Presidentes por si sólos para aprobar las cuotas mensuales de comunidad e Intercomunidad. "

Las cuotas corresponden a unos presupuestos que deben ser aprobados por las correspondientes Juntas de Propietarios. Consigase un texto sobre Pripiedad Horizontal, como el de Brizuela (a este paso le pido comisión).

2. Al hilo de la anterior ¿Y para contratar el Administrador y demás servicios?

Igual que lo anterior. Es la Junta de Propietarios la que toma los acuerdos. Ell Presidente tiene como función principal el ejecutarlos. o velar por su correcta ejecución.

3 -"Cansado de la situación y de la desinformación que estoy sufriendo, ya que ni siquiera sé quienes son los Presidentes correspondientes, he convocado una reunión con los propietarios al objeto de poder convocar una Junta Extraordinaria, para pedir responsabilidades a quien corresponda..., según he leido en los Foros he de conseguir tener un 25 % de propietarios para solicitarla al Presidente de la Intercomunidad la convocatoria de una Junta o esto va por Bloques, agradecería una respuesta. Gracias a todos.

Bueno, ¿ya ha mirado en el Registro como están organizados?.
21/05/2007 20:18
"Recientemente nos han entregado las viviendas y la empresa que nos las entrego celebró una reunión para elegir Presidente de los diferentes Bloques, así como un Presidente de la Intercomunidad. "

1. Cada bloque, ¿es una comunidad independiente?

2. ¿¿que quiere decir con eso de "Intercomunidad"?. En la LPH no existe esa expresión.
21/05/2007 21:43
Lo único que nos han comunicado es que debemos pagar x € de comunidad y x € de intercomunidad, luego pienso que existirá un presidente de cada bloque (comunidad) y uno de todos en general (intercomunidad).
¿Es así o me equivoco "discolo"?