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construir en rustico sin PGOU

7 Comentarios
 
Construir en rustico sin pgou
28/08/2008 18:38
Hola a todos,es la primera vez que participo en este foro,entre otras cosas porque es la primera vez queme quiero hacer una casa en un terreno rústico en un pueblecito de CyL que no tiene PGOU.
El caso es el siguiente, tengo 10.000 metros de terreno rustico al lado del pueblo, en este pueblo y en otros de la comarca se construye sin proyecto y sin nada de nada, siempre que que se construya en un terreno donde ya había una edificación, pajar, cochera etc.
Le comento al Sr.Alcade del pueblo mi intención de hacer allí una casa y me dice que no hay problema en principio, que solo tengo que presentar un Proyecto de la obra y que me daría permiso para meter el agua y construir y que él cerraría los ojos como se hacía con las demás construcciones,... pero que yo pago la cometida del agua y el alcantarillado ( unos 100 metros +/-). En principio, y que conste que supongo que todo esto "no es muy legal", yo tan contento. Entender por favor que es un pueblo muy muy pequeño y que si dices que has pagado un proyecto de construccion para una casa se rien de tí.
Bueno, la cosa es que yo tan contento le pregunto al Sr. Alcalde que si el Proyecto necesita aparejador jefe de obra etc, y me dice que no lo sabe que es el primero que va ha pedido y que nunca ha visto ninguno pero que el más barato le vale, yo con cara de "este me toma el pelo que te cag..."
Luego le pregunto que cuando tengo que entregarle el famoso Proyecto, proyecto que me va a hacer la vida imposible en las sobremesas de verano en el bar, y me dice que le da lo mismo, que antes o después de terminar la casa, ya cuando me dice esto es cuando pienso que los del pueblo se lo van pasar en grande con mi pardillez, le digo que si hago la casa y luego la Junta de CyL no lo aprueban pierdo la casa y el dinero del Proyecto y me dice que entonces casi mejor que se lo dé antes de empezar la obra, !! España Profunda!!
Y ahí van mis preguntas:
- ¿ se puede edificar en una parcela rústica en un municipio de CyL que no tiene PGOU?
- Si se puede, ¿ que requisitos necesito para hacerlo legal?
- Si por casualidad la pudiera construir, ¿ el auyntamiento debería dotarme de alumbrado público, alcantarillado y asfaltarme hasta la entrada de la finca?
Espero alguna respuesta aunque sólo sea cuál es la Legislación de CyL que necesito manejar.
Un saludo.
En realidad no sé quien está más perdido, si el Alcalde, su Secretaria, que es quien le ha traspasado todos sus conocimientos urbanísticos, o yo.
28/08/2008 21:12
evidentemente, es un pueblo muy pequeño

el alcalde no te engaña, ya que te está pidiendo más que al resto de los vecinos y, si quieres una licencia, él te dará una licencia

otra cosa es que el proyecto se adapte a la obra, y que pudieras por ello tener futuros problemas ... porque eso son tus miedos, y estando convencido de que el alcalde no te engaña cuando te dice que él no te causará problemas ... creo que, en correspondencia, tampoco has de pedirle responsabilidades

hace algún tiempo que no leo la ley de urbanismo de CyL (y el reglamento), por lo que no puedo precisarte en este momento si es posible, aunque supongo que si, a la vista de otras intervenciones

yo te recomiendo hacerlo bien, aunque sea causa de cierta mofa ... y tendrás que hacerlo bien si un día precisas un crédito hipotecario sobre la casa (argumento que, de paso, te liberará de las risas vecinales)

el alcalde también le dice la verdad cuando te indica que el coste de las acometidas es a tu cargo ... y es más, alégrate de que esté en esa disposición, porque podría negarte la posibilidad de conexión, aunque no es lo normal
28/08/2008 23:59
Gracias jecc por responder.
Realmente el pueblo es muy pequeño 30 vecinos /- y cada invierno perdemos un 5% de la población.
Es verdad que el alcalde no me engaña, pero hay dos cosas que no sé:
1º.- ¿ Porqué a mi me pide proyecto y a los demás, que construyen en el casco urbano, no? ¿Legalmente es diferente?
2º.- Si despues de gastarme 9.000 € en proyectos aparejadores y demás ¿la Junta me puede denegar la licencia, o es el alcalde el que da la licencia?

Sobra decir que no estoy puesto en el tema.
Un saludo.
29/08/2008 11:24
la licencia la otorga el alcalde, y no tendrá usted ningún problema si se adapta a la legalidad

en otro mensaje ayer he dicho que hace tiempo que no leo la Ley de Urbanismo de CyL (y el reglamento), y en suelo rústico nunca he tenido la ocasión de hacer algo en esa comunidad (he hecho proyectos en suelo urbano), por lo que desconozco si para la concesión de licencia en suelo rústico se exige informe previo favorable de la Junta

si es así, si en suelo rústico se exige informe previo favorable de la Junta, ya tiene ahí una justificación de por lo que le exige un proyecto ... y por lo que en suelo urbano todo es más sencillo ... y mucho más cuando se considera reconstrucción, cuando no interviene el banco, cuando no pretende documentarse, etc.
29/08/2008 14:33
Gracias jecc, yo ayer si me ley la ley y creo que tienes razón.

Sí se exige previo informe favorable de la Diputación para construir en rústico.

Lo que me fastidia es este doble rasero.
En fin, de hacer las cosas habrá que hacerlas bien.

Sigue ayudandonos jecc, se te ve muy profesional.

Un saludo
29/08/2008 20:04
Yo tengo una pregunta similar a 23mayo68, me encuentro en la situacion en la que en una tierra proindivisa o comunidad de bienes hemos cedido voluntariamente un servidumbre de paso a otras fincas. Mi pregunta por si alguien me puede orientar es si sobre dicha servidumbre de paso enclavada sobre terreno rústico se puede realizar obras de acometidas de luz y teléfono a fincas colindantes que si tienen el caracter de urbanas, las cuales pueden realizar dichas acometidas por terreno de dominio público.
29/08/2008 21:29
yo creo que no, si pueden realizar dichas acometidas por terreno de dominio público, pero no soy abogado

es más, creo que no tiene sentido la existencia de una servidumbre a través de suelo rústico para acceso a una parcela de suelo urbano, al menos a partir del momento que alcance la calificación de suelo urbano consolidado

como la casuística posible supera mi imaginación, te advierto que debes tomar mis palabras con una cierta reserva ... máxime si ha habido transmisiones de propiedad de las parcelas sirvientes, porque incluso a mí, con las limitaciones de imaginación mencionadas, se me ocurren situaciones en las que pudiera darse ese caso, lo que no le quita su carácter de clara excepcionalidad y muy probablemente no sea el caso que Tú expones ... pero mantengo que, por la vía jurídica, debería poder llegarse a la extinción de esas servidumbres si pueden ser servidas por espacios de dominio público (que no es lo mismo que de titularidad pública)

jeje, no quiero pensar que con ese dominio público te refieras a cosas tales como "el dominio público marítimo-terrestre", o el de riberas ... porque en ese caso, más que una pregunta, sería una encerrona
30/08/2008 10:40
Te agradezco tu comentario, y como ocurre en muchos pueblos el alcalde, el teniente de alcalde y sus allegados lo consiguen a mi modo de entender haciendo un guiño a la legalidad y entre ellos realizan sus necesidades de planeamiento a su propio beneficio de sus tierras en un futuro urbanas. Gracias jecc