Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Consulta abogado novato: ejecución de sentencia por impago de pensión

3 Comentarios
 
Consulta abogado novato: ejecución de sentencia por impago de pensión
21/09/2005 09:47
Hola a todos,
Tengo una clienta que se divorció hace 15 años. En el convenio amistoso se decide que él le pagará a ella mensualmente una pensión.
Durante estos años se han ido haciendo los pagos de forma puntual, aunque no en su totalidad.
Mi clienta me consulta si se pueden reclamar los importes que no ha abonado.
Entiendo que se tiene que reclamar con una demanda de ejecución de sentencia. Problema: según la LEC este procedimiento caduca a los 5 años de ser la sentencia firme.
Agradecería información. ¿Se pueden reclamar estas cantidades?
21/09/2005 21:24
Yo tambien soy novato, y mi opinion no es de fiar, pero dado que el 518 establece el plazo de la acción ejecutiva en cinco años, no creo que haya problema en ir a un ordinario aportando la St. como documental.

Sería una reclamación de deuda normal y corriente
22/09/2005 04:31
Los cinco años, según la jurisprudencia menor mayoritaria, se compuntan desde la entrada en vigor de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

De todas formas, ten en cuenta la prescripción de las pensiones por el transcurso de ciinco años desde su devengo.
22/09/2005 10:04
Así lo que tengo que hacer es reclamar los importes no abonados de los últimos 5 años (por la prescripción de las pensiones) mediante un ordinario. ¿Es correcto?
Consulta abogado novato: ejecución de sentencia por impago de pensión | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Consulta abogado novato: ejecución de sentencia por impago de pensión

3 Comentarios
 
Consulta abogado novato: ejecución de sentencia por impago de pensión
21/09/2005 09:47
Hola a todos,
Tengo una clienta que se divorció hace 15 años. En el convenio amistoso se decide que él le pagará a ella mensualmente una pensión.
Durante estos años se han ido haciendo los pagos de forma puntual, aunque no en su totalidad.
Mi clienta me consulta si se pueden reclamar los importes que no ha abonado.
Entiendo que se tiene que reclamar con una demanda de ejecución de sentencia. Problema: según la LEC este procedimiento caduca a los 5 años de ser la sentencia firme.
Agradecería información. ¿Se pueden reclamar estas cantidades?
21/09/2005 21:24
Yo tambien soy novato, y mi opinion no es de fiar, pero dado que el 518 establece el plazo de la acción ejecutiva en cinco años, no creo que haya problema en ir a un ordinario aportando la St. como documental.

Sería una reclamación de deuda normal y corriente
22/09/2005 04:31
Los cinco años, según la jurisprudencia menor mayoritaria, se compuntan desde la entrada en vigor de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

De todas formas, ten en cuenta la prescripción de las pensiones por el transcurso de ciinco años desde su devengo.
22/09/2005 10:04
Así lo que tengo que hacer es reclamar los importes no abonados de los últimos 5 años (por la prescripción de las pensiones) mediante un ordinario. ¿Es correcto?