Buenas tardes , a ver si pueden ayudarme porque estamos muy perdidos .
Hemos comprado un apartamento de 2a mano en un residencial donde hay una serie de plazas de garaje exteriores (que parecen pintadas y con un nro de vivienda) y también varias plazas (5) de la comunidad. En total hay 3 plazas menos que viviendas.
Cuando nosotros compramos , nos dijeron que comprábamos la vivienda, pero desconocemos de qué depende que unas viviendas tengan asignada una plaza y otras no (y que haya plazas de la comunidad ) .
Hemos visto la división horizontal y describe la totalidad de viviendas, el local comercial , y describe que son elementos comunes : la zona ajardinada, las zonas de aparcamiento, zona de piscina .. .
Indica con posterioridad que , según los estatutos de la Prop. Horizontal la determinación de la plaza de aparcamiento en la zona de elementos comunes, se determinará en el momento de otorgamiento de la escritura pública .
lo que no sabemos es si esto es así en base a qué se determina, que si son elementos comunes de la comunidsd , algunos propietarios unos tengan plaza de garaje y otros no , y que habiendo menos plazas de garaje qué viviendas , la comunidad de propietarios tenga a su disposición 5 plazas de garaje .
Perdonad nuestra ignorancia al respecto , pero cómo podríamos tener más información al respecto y saber si el reparto en su día se hizo correctamente y en base a qué (o con qué tipo de acuerdo ) y por qué motivo se asignaron plazas a la comunidad o bien , por qué estás plazas “comunitarias” no se asignan a los pocos vecinos que no tienen plaza de garaje .
No sé si nos hemos explicado bien pero les agradeceríamos si pueden ayudarnos a saber dónde podemos buscar más información o saber si se hizo correctamente porque nadie nos facilita información al respecto .
Precisó un detalle : en ningún momento en la escritura de división horizontal dice cuántas plazas de garaje hay , habla en general Los elementos comunes como zonas ajardinadas, piscina, salón social y zonas de aparcamiento .
Por lo que desconocemos también dónde se establece que tienen que ser o que van a ser un número determinado de plazas
Lo más convenienteces que recogiera más información, hable con el administrador o, presidente u otro vecino y despues nos informa.
Usted no indica que en su escritura venga aneja plaza de aparcamiento
Estamos intentando recopilar toda la información posible , por eso y porque desconocemos el tema , estamos preguntando cómo poder averiguar si está bien hecho .
Querríamos preguntar al administrador o vecinos cuando tengamos más o menos claro cómo se ha podido hacer y si sería conforme o no porque sabemos que el hecho de que nosotros podamos reclamar derechos sobre plazas de aparcamiento puede ser motivo de enfrentamiento y nos gustaría hacer las cosas lo mejor posible .
Por otro lado y respondiendo a su pregunta , en nuestra nota registral sólo aparece la vivienda , por ese motivo hemos pedido una nota de una vivienda que parece tener plaza de aparcamiento para ver si es igual que la nuestra o no .
En catastro si sacas datos del edificio no se precisa nada de aparcamientos , solo salen los datos catastrales de las viviendas y los nuestros son iguales que los de las otras 8 plantas (misma tipología de vivienda )
Tenéis el mismo derecho que los demás en relación con todas las plazas que no estén inscritas a favor de alguna vivienda concreta y sean de la comunidad.
¡Cuidado!, porque, en ocasiones, hay vecinos con mucha cara que se apropian de las cosas alegando antigüedad, hay que ser implacables son esos caraduras.