Hola Por supuesto si entiende usted que no concurre esa excepción puede oponerse. En ese caso el juez resolverá y si estima que procede el litisconsorcio le dará a usted un plazo para que lo constituya. Si necesita ayuda, información o cualquier consulta o escrito puede contar con nosotros. www.asesorlegalgratis.com
Hola a todos, a ver si alguien me puede ayudar. Tengo pronto una audiencia previa y me plantearon una falta de litisconsorcio pasivo necesario al cual tengo que contestar y no se muy bien cómo. El caso que demandé a un banco por un tema de un plan de pensiones que se contrató en el propio banco y éste dice que tengo que demandar a la empresa del plan de pensiones, que resulta ser el mismo banco pero con otra denominación, ya sabéis. El tema es que la demanda gira en torno a la falta de información del propio banco donde se hicieron las gestiones, y de la mala gestión así como de sus consecuencias. Debo oponerme?, debo ampliar la demanda en la Audiencia previa?, qué interesaría más?.
Estoy despistado si alguien puede orientarme, mil gracias.