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Contra alquiler dudas causas para rescindir contrato

2 Comentarios
 
Contra alquiler dudas causas para rescindir contrato
24/03/2023 11:42
Estamos de alquiler desde inicio contrato 02-06-2021, y el pasado 15 de febrero 2023 recibimos burofax del propietario para rescindir el contrato a fecha 1 de junio 2023 alegando necesidad. Previo al burofax nos llamó por telf. para avisarnos y nos dijo que era porque se divorcian y él se queda el piso y vendrá a vivir. Somos una familia con 3 hijos, y estamos buscando vivienda en esta ocasión ya para compra, pero vemos imposible podernos ir en el plazo que nos da, solo llevamos 1,5 años viviendo y la idea era estar 5 años para poder ahorrar y comprarnos una vivienda y ellos lo sabían, y ahora nos rescinden el contrato, hemos invertido casi 3000 euros en este piso entre la comisión de las fincas, la mudanza, y pintura y algún arreglo que hemos hecho y no hemos amortizado nada... no nos queremos negar a marcharnos, pero vemos imposible hacerlo en el plazo que nos da, hay alguna manera de conseguir un plazo más amplio? para una familia con hijos no es tan fácil encontrar vivienda y menos ahora. Tenemos dudas si es suficiente alegar "necesidad", tendría que darnos la sentencia en firme del divorcio y a partir de ahí contar el plazo? justificar que de verdad no tiene otra vivienda dónde ir? Nos consta que tiene poder adquisitivo, tiene negocio propio y otras propiedades como locales y parkings... Gracias
Esto indica la duración del contrato: 1 año, derecho a prórrogas por plazos anuales hasta que el arrendamiento llegue a 5 años.
No obstante acuerdan las partes en caso que la parte arrendadora tuviera necesidad de la vivienda para destinarla a vivienda permanente para sí o sus familiares en 1er grado de consanguinidad o por adopción o para su cónyugue en los supuestos de sentencia firme, separación o divorcio o nulidad matrimonial, y hubiera transcurrido el primer año de duración del mismo, la parte arrendataria estará obligada a entregar la vivienda. La referida comunicación deberá realizarse a la parte arrendataria al menos con 2 meses de antelación a la fecha en que la vivienda se vaya a necesitar.
24/03/2023 13:55
En esta pagina web, existe un foro para su pregunta
ARRENDAMIENTOS urbanos
Debe insertarla ahí
24/03/2023 14:03
jalisco
Muchas gracias por la información. Lo he insertado ya en ARRENDAMIENTOS urbanos
Saludos