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¿Contraprestación económica la hipoteca?

3 Comentarios
 
¿contraprestación económica la hipoteca?
30/04/2020 18:19
Hola. ¿Se considera contraprestación económica en una extincion de condominio que mi exmujer se haga cargo de mi hipoteca mediante novacion?
Fiscalmente como me repercute en la declaracion de la e renta.
Gracias
30/04/2020 19:40
rociogg
La disolución de condominio mediante el cual uno de los excónyuges transmite un % de un inmueble al otro excónyuge, que lo adquiere y, en contraprestación, asume el pago de la deuda que el vendedor tenía con un tercero es un negocio jurídico que se llama adjudicación en pago de asunción de deudas.

El importe por el que se ha valorado esta contraprestación figura en la escritura o bien en la adjudicación por disolución de gananciales y normalmente es la cantidad que el banco certifica pendiente de pago correspondiente al vendedor y cuya deuda asume el comprador.

Este es el valor de venta a declarar en IRPF
01/05/2020 08:56
Mar08
el tema es que he decidido con mi exmarido que se quede el con el piso y la hipoteca y el se hace cargo de todos los gastos que conlleve el tramite. Lo que me interesa es que me libere de ese piso donde ya no vivo. No quiero nada mas a cambio.
Ha preguntado y el banco si que le concede la hipoteca.
Pero como lo mejor, entiendo que es hacer una extinción de condominio y no va haber contraprestación económica. No se si se puede hacer así. Ya se queda con mi parte de la hipoteca. Por eso pregunto si se considera contraprestación económica la hipoteca.
No vaya a tener yo problemas después porque consideran que he hecho una donación.
Me repercute de alguna manera a mi con hacienda.?
Como tengo q hacer en la declaración de la renta de año que viene.?

Gracias por la ayuda
01/05/2020 10:59
rociogg
A mi entender se produce una "venta", en la que la Agencia Tributaria puede reclamar la aplicación del valor de comprobación fiscal de la parte de su inmueble para el cálculo de la ganancia patrimonial si la hubiese. Además del Impuesto de Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana que podría girarle el ayuntamiento de turno, aunque este impuesto esta sujeto con hilos y podría reclamarse en caso de venta a pérdida.

Aseguresé de que no tienen ganancia patrimonial por la venta de su % de vivienda.
Que la parte compradora asuma todos los gastos de la operación.
Calcule los impuestos como el IVTNU y cobreselos por anticipado, recuerde que usted siempre será el sujeto pasivo y se lo reclamarán a usted haya pactado con el lo que haya pactado.

Quizá algún compañero tenga otra forma de entenderlo.
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¿contraprestación económica la hipoteca?
30/04/2020 18:19
Hola. ¿Se considera contraprestación económica en una extincion de condominio que mi exmujer se haga cargo de mi hipoteca mediante novacion?
Fiscalmente como me repercute en la declaracion de la e renta.
Gracias
30/04/2020 19:40
rociogg
La disolución de condominio mediante el cual uno de los excónyuges transmite un % de un inmueble al otro excónyuge, que lo adquiere y, en contraprestación, asume el pago de la deuda que el vendedor tenía con un tercero es un negocio jurídico que se llama adjudicación en pago de asunción de deudas.

El importe por el que se ha valorado esta contraprestación figura en la escritura o bien en la adjudicación por disolución de gananciales y normalmente es la cantidad que el banco certifica pendiente de pago correspondiente al vendedor y cuya deuda asume el comprador.

Este es el valor de venta a declarar en IRPF
01/05/2020 08:56
Mar08
el tema es que he decidido con mi exmarido que se quede el con el piso y la hipoteca y el se hace cargo de todos los gastos que conlleve el tramite. Lo que me interesa es que me libere de ese piso donde ya no vivo. No quiero nada mas a cambio.
Ha preguntado y el banco si que le concede la hipoteca.
Pero como lo mejor, entiendo que es hacer una extinción de condominio y no va haber contraprestación económica. No se si se puede hacer así. Ya se queda con mi parte de la hipoteca. Por eso pregunto si se considera contraprestación económica la hipoteca.
No vaya a tener yo problemas después porque consideran que he hecho una donación.
Me repercute de alguna manera a mi con hacienda.?
Como tengo q hacer en la declaración de la renta de año que viene.?

Gracias por la ayuda
01/05/2020 10:59
rociogg
A mi entender se produce una "venta", en la que la Agencia Tributaria puede reclamar la aplicación del valor de comprobación fiscal de la parte de su inmueble para el cálculo de la ganancia patrimonial si la hubiese. Además del Impuesto de Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana que podría girarle el ayuntamiento de turno, aunque este impuesto esta sujeto con hilos y podría reclamarse en caso de venta a pérdida.

Aseguresé de que no tienen ganancia patrimonial por la venta de su % de vivienda.
Que la parte compradora asuma todos los gastos de la operación.
Calcule los impuestos como el IVTNU y cobreselos por anticipado, recuerde que usted siempre será el sujeto pasivo y se lo reclamarán a usted haya pactado con el lo que haya pactado.

Quizá algún compañero tenga otra forma de entenderlo.