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Contratación temporal en las AAPP.

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Contratación temporal en las aapp.
17/04/2007 21:17
Mi sitiación es la siguiente:

El artículo 37.1 de mi actual convenio colectivo de una administración local establece que: "Con carácter general las contrataciones temporales tendrán una duración mínima de 6 meses y máxima de 12, sin posiblidad de prórroga, estimando que si persiste la necesidad de continuar la relación laboral, deberá crearse la plaza en plantilla e incluirse en la próxima oferta de empleo público, pudiendo ser contratado como interino con un plazo de 12 meses, en el transcuro de los cuales deberá cubrirse la plaza con carácter fijo".

Pues bien, yo fui contratado por un período de 6 meses con crácter eventual por circunstancias de la producción, tras ese período no se me hizo interino (por no estar creada la plaza) ni se me extinguió el contrato, sino que se me hizo uno nuevo por obra y servicio el cual seme prorrogó por otros 6 meses en enero pasado.

Es muy probable que tras la prórroga se me resuelva el contrato, así que estoy planteándome demandar al ayuntamiento por lo que considero una situación contrctual fraudulenta desde la finalización del 1er contrato, pensáis en ése aspecto que hay algo que rascar?.

Por otra parte, ¿cuáles serían las consecuencias de una extinción de contrato "ilegal"(no sé si e éste el término adecuado)?, ya que considero que si se me resuelve el contrato pero se llama a alguien d bolsa de empleo la obra o sevicio no han finalizado.

Muchas gracias de antemano por las posibles respuestas, es muy importante vuestra ayuda para mí y para todos los compañeros que nos encontramos en las mismas circunstancias y cuyos derechos se están viendo violentados.

saludos