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Contrato 401

3 Comentarios
 
31/12/2010 14:50
Si la duración de los contratos (deben ser 2 o más y así es en este caso) exceden de 24 meses en un plazo de 30 meses, el contrato de trabajo adquirirá la condición de contrato indefinido.

Se excluye el contrato de interinidad entre otros.
31/12/2010 14:32
gracias por la respuesta,veras,soy un poco torpe si me lo simplificas un poco te lo agradeceria muchisimo
31/12/2010 14:27
Deberás contabilizar los periodos de contratación de cada uno de los contratos y comprobar si se cumple y si se puede actuar en virtud del artículo 15.5 (TRLET).

Te lo pego.

5. Sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados 1.a), 2 y 3 de este artículo, los trabajadores que en un
período de treinta meses hubieran estado contratados durante un plazo superior a veinticuatro meses, con o sin solución de continuidad, para el mismo o diferente puesto de trabajo con la misma empresa o grupo de empresas, mediante dos o más contratos temporales, sea directamente o a través de su puesta a disposición por empresas de trabajo temporal, con las mismas o diferentes modalidades contractuales de duración determinada, adquirirán la condición de trabajadores fijos.
Lo establecido en el párrafo anterior también será de aplicación cuando se produzcan supuestos de sucesión o subrogación empresarial conforme a lo dispuesto legal o convencionalmente.
Atendiendo a las peculiaridades de cada actividad y a las características del puesto de trabajo, la negociación colectiva establecerá requisitos dirigidos a prevenir la utilización abusiva de contratos de duración determinada con distintos trabajadores para desempeñar el mismo puesto de trabajo cubierto anteriormente con contratos de ese carácter, con o sin solución de continuidad, incluidos los contratos de puesta a disposición realizados con
empresas de trabajo temporal.
Lo dispuesto en este apartado no será de aplicación a la utilización de los contratos formativos, de relevo e interinidad, a los contratos temporales celebrados en el marco de programas públicos de empleo-formación, así como a los contratos temporales que sean utilizados por empresas de inserción debidamente registradas y el objeto de dichos contratos sea considerado como parte esencial de un itinerario de inserción personalizado.
Contrato 401
31/12/2010 13:42
Hola,tengo una consulta para vosotros.mi situacion es que tengo un contrato 401,por obra o servicio,.en 21 meses me han despedido,2 veces y finiquitado.a la siguiente semana de los despidos me volvian a dar de alta.ahora me despiden y estare un par de meses sin trabajo y luego me volveran a contratar,al bajar mucho la faena.¿que derechos tengo? MUCHAS GRACIAS
Contrato 401 | PorticoLegal
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3 Comentarios
 
31/12/2010 14:50
Si la duración de los contratos (deben ser 2 o más y así es en este caso) exceden de 24 meses en un plazo de 30 meses, el contrato de trabajo adquirirá la condición de contrato indefinido.

Se excluye el contrato de interinidad entre otros.
31/12/2010 14:32
gracias por la respuesta,veras,soy un poco torpe si me lo simplificas un poco te lo agradeceria muchisimo
31/12/2010 14:27
Deberás contabilizar los periodos de contratación de cada uno de los contratos y comprobar si se cumple y si se puede actuar en virtud del artículo 15.5 (TRLET).

Te lo pego.

5. Sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados 1.a), 2 y 3 de este artículo, los trabajadores que en un
período de treinta meses hubieran estado contratados durante un plazo superior a veinticuatro meses, con o sin solución de continuidad, para el mismo o diferente puesto de trabajo con la misma empresa o grupo de empresas, mediante dos o más contratos temporales, sea directamente o a través de su puesta a disposición por empresas de trabajo temporal, con las mismas o diferentes modalidades contractuales de duración determinada, adquirirán la condición de trabajadores fijos.
Lo establecido en el párrafo anterior también será de aplicación cuando se produzcan supuestos de sucesión o subrogación empresarial conforme a lo dispuesto legal o convencionalmente.
Atendiendo a las peculiaridades de cada actividad y a las características del puesto de trabajo, la negociación colectiva establecerá requisitos dirigidos a prevenir la utilización abusiva de contratos de duración determinada con distintos trabajadores para desempeñar el mismo puesto de trabajo cubierto anteriormente con contratos de ese carácter, con o sin solución de continuidad, incluidos los contratos de puesta a disposición realizados con
empresas de trabajo temporal.
Lo dispuesto en este apartado no será de aplicación a la utilización de los contratos formativos, de relevo e interinidad, a los contratos temporales celebrados en el marco de programas públicos de empleo-formación, así como a los contratos temporales que sean utilizados por empresas de inserción debidamente registradas y el objeto de dichos contratos sea considerado como parte esencial de un itinerario de inserción personalizado.
Contrato 401
31/12/2010 13:42
Hola,tengo una consulta para vosotros.mi situacion es que tengo un contrato 401,por obra o servicio,.en 21 meses me han despedido,2 veces y finiquitado.a la siguiente semana de los despidos me volvian a dar de alta.ahora me despiden y estare un par de meses sin trabajo y luego me volveran a contratar,al bajar mucho la faena.¿que derechos tengo? MUCHAS GRACIAS