El hecho de que la persona a contratar sea tu sobrina no es un impedimento en cuanto a la relación de parentesco, pues en vuestro caso el grado de parentesco es de tercer grado (tía - sobrina) y el límite está en el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
Luego en principio parece que sí puedes acceder a la bonificación.
De todos modos, para concretar más, te recomiendo que entres en la página web del inem (www.inem.es), en el apartado Contratos, y dentro del mismo encontrarás los contratos indefinidos bonificados: requisitos de los trabajadores, bonificación, ...