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Contrato de alquiler

26 Comentarios
Viendo 21 - 26 de 26 comentarios
15/09/2021 14:13
1.- Efectivamente este año no pueden echarle. Tiene contrato hasta por lo menos el 7 de septiembre de 2022.
2.- El plazo del que nos habla es correcto, pero no se aplica a su contrato, porque dicho plazo se establece para la prorroga del 5 al 6 año y los dos años siguentes, en tanto que usted ya ha pasado de 9 años. A su contrato ya no se le pueden aplicar dichas prórrogas. En su lugar se aplicará la tácita reconducción de la que le he hablado.
15/09/2021 13:35
leonjbr
Muchas Gracias por su respuesta. La fecha de renovación es el 8 de septiembre, es decir si no me ha dicho nada tengo el contrato por 1 año más? aunque sea un contrato con un difunto? (y ya caducado) y no con el hijo actual propietario?, entonces no me puede echar así tan fácil en 1 mes? vivo de alquiler y pago religiosamente pero tengo mucha inseguridad vivo con miedo a que me eche... y tengo otra pregunta, he leído que han cambiado la ley que ahora el casero tiene que avisar 4 meses antes y no 30 días , esa ley es de 2020 creo y no se si aplicaría a mi contrato del 2011.
15/09/2021 13:27
Vale. Pues entonces su contrato se encuentra en lo que en Derecho denominamos "tácita reconducción", en este caso de plazo ANUAL, lo cual significa que cada año y su contrato se renueva por un año más SALVO que el casero le avise de que ya no va a renovarse el año que viene.
15/09/2021 11:12
leonjbr
En un contrato antiguo , pone en clausula plazo de duración: El plazo pactado de duración del presente contrato de arrendamiento es de un año , a contar desde la fecha de la firma el presente contrato...
15/09/2021 11:07
leonjbr
Pone que el contrato se otorga a lo establecido en la Ley 29/1994 de 24 de noviembre de arrendamientos urbanos. pone que la renta anual fijada es de xxxXE a pagar en plazos mensuales de xxxE en rango de días del 8 al 14 ....mediante ingreso en cuenta.......
15/09/2021 10:59
Para poder contestar a su pregunta sería imprescindible leer su contrato completo, pero al menos díganos dos cosas:
1.- ¿Hay alguna clausula en la que se establezca un sistema de prórrogas distinto al que viene recogido en la LAU?
2.- ¿Como se determinar la cuantía de la renta, en cómputo anual o en cómputo mensual?
Contrato de alquiler
15/09/2021 10:50
Buenos días, os cuento el problema, estoy de alquiler en esta casa desde septiembre del 2011, el contrato lo firmé con el casero que falleció en 2018, los contratos se fueron renovando cada 3 años, y la ultima prorroga venció en septiembre del 2020, el piso lo tiene heredado su hijo desde el 2018, el tema es que en 2020 que venció el contrato con el difunto el hijo no me dijo anda y he seguido pagando, no me hizo contrato ni me ah subido el alquiler, así he estado un año, ahora de nuevo empezaría otro año de alquiler tomando de referencia que los contratos siempre se renovaban en septiembre....no me ha dicho anda que deje el piso ni me ha subido el alquiler, tengo miedo que al no tener contrato me eche cuando quiera, en este caso cual es mi situación?, aunque no tengo contrato, estos contratos se renuevan anualmente de alguna manera?, yo tengo las transferencias bancarias que prueban que estoy de alquiler y los recibos y el padrón, me puede echar en 1 mes si quiere? o se ha renovado por 1 año más y no me puede echar?, estoy preocupado.