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Contrato de arras

4 Comentarios
 
Contrato de arras
20/02/2007 18:26
He puesto en venta mi casa, estoy viendo los distintos modelos de contratos y he podido comprobar que existen varios modelos de contratos de arras, el de arras confirmatorias, arras penitenciales y arras penales. ¿Cual me convendría?. Muchas gracias
20/02/2007 19:54
Te convendría un contrato de compraventa, porque las arras no son un contrato autonomo sino accesorio a la compraventa. Y el contrato de compraventa podrá contener el pacto o clausula de arras, y mis favoritas son las penitenciales.
23/02/2007 08:48
Consejo: Ve primero al banco con el cual el comprador va a trabajar, que le confirmen si este comprador puede acceder al precio de venta. una vez el banco le diga que si (que puede comprar)haga un contrato de compraventa especificando la cantidad, suele ser el 3% de la venta y con un plazo de tiempo prudencial,póngale 2 meses.a partir de la fecha señalada.Recuedrde que usted no puede vender la vivienda dentro de ese plazo ya que de lo contrario le tiene que dar el doble de la cantidad entregada.Todos estos trámites se los suele gestionar las inmobiliarias.
23/02/2007 18:34
¿Y por qué son tus favoritas las penitenciales si puede saberse, Alejandro?
23/02/2007 19:44
Si crees que tras mi nick se esconde Alejandro te equivocas, no pasa nada. Si ha sido un lapsus tampoco pasa nada.

A la pregunta: cuestión de gustos. Lo que no implica que utilice también las otras, y a veces "extrañas" clausulas, también me gusta el 1255 CC.
Contrato de arras | PorticoLegal
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Contrato de arras
20/02/2007 18:26
He puesto en venta mi casa, estoy viendo los distintos modelos de contratos y he podido comprobar que existen varios modelos de contratos de arras, el de arras confirmatorias, arras penitenciales y arras penales. ¿Cual me convendría?. Muchas gracias
20/02/2007 19:54
Te convendría un contrato de compraventa, porque las arras no son un contrato autonomo sino accesorio a la compraventa. Y el contrato de compraventa podrá contener el pacto o clausula de arras, y mis favoritas son las penitenciales.
23/02/2007 08:48
Consejo: Ve primero al banco con el cual el comprador va a trabajar, que le confirmen si este comprador puede acceder al precio de venta. una vez el banco le diga que si (que puede comprar)haga un contrato de compraventa especificando la cantidad, suele ser el 3% de la venta y con un plazo de tiempo prudencial,póngale 2 meses.a partir de la fecha señalada.Recuedrde que usted no puede vender la vivienda dentro de ese plazo ya que de lo contrario le tiene que dar el doble de la cantidad entregada.Todos estos trámites se los suele gestionar las inmobiliarias.
23/02/2007 18:34
¿Y por qué son tus favoritas las penitenciales si puede saberse, Alejandro?
23/02/2007 19:44
Si crees que tras mi nick se esconde Alejandro te equivocas, no pasa nada. Si ha sido un lapsus tampoco pasa nada.

A la pregunta: cuestión de gustos. Lo que no implica que utilice también las otras, y a veces "extrañas" clausulas, también me gusta el 1255 CC.