Hola bahia62, por el simple hecho de no haber recibido la formación teórica que corresponde al contrato de formación se considera fraude en la contratación y se aplica la normativa general. Por tanto, pueden presentar demanda contra el despido (tienen 20 días hábiles desde el mismo) para que lo declaren improcedente; y pueden reclamar la diferencia de salario que le hubiera correspondido de haber sido contratado de forma correcta, es decir, el salario previsto para un contrato laboral ordinario indefinido o temporal. No obstante, tengan en cuenta que la indemnización por despido improcedente que pudieran reconocer sería equivalente al tiempo que duró el contrato (unas 3 semanas por lo que dice). Un saludo.
A un familiar le han hecho un contrato de formación de 6 meses en el sector de hostelería en Cataluña. El inicio de contrato ha sido justo antes de semana santa, y justo después del puente de mayo le han despedido porque según el empresario no cumplía el perfil requerido. No vamos a entrar en que ha hecho más horas de las estipuladas en contrato, ni que se han pasado por el forro el convenio en temas de descansos semanales, descansos entre jornadas o trabajo en horas nocturnas, ni que el contrato era de ayudante de cocina y realmente era el encargado de elaborar las pizzas. MI pregunta es NO HA REALIZADO NI UNA HORA DE FORMACION , en teoría en contrato marcaba que sería a distancia pero no ha existido ¿que puede hacer?