me gustaria conocer vuestra opinión respecto de lo siguiente:
un trabajador ha estado con un contrato de formación (421) en un taller mecánico durante UN AÑO.
Ahora se le ofrece en otra empresa dedicada a una actividad diferente un nuevo contrato de formación... la pregunta es, la duración total del nuevo contrato viene limitada por el año que ya ha estado en la otra empresa (un año) o puede ser de un total de dos años.
yo estoy de acuerdo con tu postura, pero es que en la academia de formación me dicen que si que deben computarse todos los contratos aunque se traten de actividades diferentes...
Es que supongo que lo dicen por la enigmatica frase: " Expirado el tiempo máximo del contrato, el trabajador no podrá ser contratado bajo esta modalidad, por la misma o distinta empresa."
¿Quiere decir que si un trabajador ha sido formado por la empresa X como mecánico y la verdad, ni fu ni fa, y no encuentra trabajo, y exisitiendo una gran demanda de carniceros en la empresa Z, no puede ser formado por esa empresa como carnicero y por tanto no acceder a un puesto con gran demanda en ese determinada momento con claras posibilidades de seguir en la empresa .? Que se ponga alguna cautela para evitar abusos y mano de obra barata, me parece muy, pero que muy bien. Que se niegue la posibilidad que expongo me parece que es ir contra el espíritu de la norma: Formar a un trabajador en una profesion con vistas a obtener un empleo estable.