Un trabajador con contrato de obra determinada. El dia 5 de mayo le dan de baja en la SS sin que la obra haya concluido. Además en el contrato de trabajo no se especifica para que obra concreta se le contrata. El contrato solo dice "contrato de duración determinada para la realización de la obra o servicios "CONSTRUCCION DE EDIFICIACIÓN" ...
Lo vemos como un contrato en fraude de ley y por tanto, indefinido. El despido sería nulo por no ser una de las causas de despido objetivo previstas en la ley (defecto de forma) o improcedente.