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Contrato en prácticas

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Contrato en prácticas
24/11/2020 11:37
Buenos días,

He sido excluido de un proceso de selección para un contrato en prácticas en un organismo público. El título sobre el que se haría el contrato en prácticas es un máster obtenido en el extranjero, del cual poseo la correspondiente equivalencia según el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre.

El motivo de la exclusión del proceso, según la persona de Recursos Humanos, es que "el documento no habla de homologación, sino de equivalencia. Lo que quiere decir es que tu nivel formativo es de máster, pero legalmente no podemos hacer un contrato en prácticas con un título extranjero NO convalidado, aunque equiparado en nivel de España".

El Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, especifica claramente la diferencia entre homologaciones y equivalencias, y aclara que la homologación sólo la pueden pedir títulos que conducen a profesiones reguladas (ANEXO II), y ese no es mi caso.

Por otra parte, según el apartado 1 del artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores, que regula los contratos en prácticas, el contrato de trabajo en prácticas podrá concertarse con quienes estuvieren en posesión de

- título universitario o de formación profesional de grado medio o superior o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes, de acuerdo con las leyes reguladoras del sistema educativo vigente.

¿Está en lo correcto este organismo al excluirme del proceso de selección por dicho motivo?

Gracias por vuestro tiempo
Contrato en prácticas | PorticoLegal
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24/11/2020 11:37
Buenos días,

He sido excluido de un proceso de selección para un contrato en prácticas en un organismo público. El título sobre el que se haría el contrato en prácticas es un máster obtenido en el extranjero, del cual poseo la correspondiente equivalencia según el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre.

El motivo de la exclusión del proceso, según la persona de Recursos Humanos, es que "el documento no habla de homologación, sino de equivalencia. Lo que quiere decir es que tu nivel formativo es de máster, pero legalmente no podemos hacer un contrato en prácticas con un título extranjero NO convalidado, aunque equiparado en nivel de España".

El Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, especifica claramente la diferencia entre homologaciones y equivalencias, y aclara que la homologación sólo la pueden pedir títulos que conducen a profesiones reguladas (ANEXO II), y ese no es mi caso.

Por otra parte, según el apartado 1 del artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores, que regula los contratos en prácticas, el contrato de trabajo en prácticas podrá concertarse con quienes estuvieren en posesión de

- título universitario o de formación profesional de grado medio o superior o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes, de acuerdo con las leyes reguladoras del sistema educativo vigente.

¿Está en lo correcto este organismo al excluirme del proceso de selección por dicho motivo?

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