Hola! Estoy empezando a ejercer y necesito que me echen un cable.
El supuesto es el siguiente:
En el contrato de trabajo de una empresa que se dedica a la gerencia y gestión de Centros Comerciales, entre otras actividades similares, aparece como aplicable el C. Colectivo de otra provincia, que es donde tiene su domicilio social.
Al no tener la empresa un centro de trabajo propio, sino utilizar las oficinas que le ceden sus clientes, me surge la duda de si esto es así? , puesto que no habia visto un caso parecido.
Se puede considerar centro de trabajo la oficina cedida donde la empresa gestora realiza su trabajo? yo entiendo que si puesto que tiene la infraestructura necesaria, y al ser una empresa de servicios no necesita excesiva maquinaria, pero posee un centro fijo de operaciones.