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cooperador necesario

10 Comentarios
 
Cooperador necesario
05/04/2010 15:47
Queria saber que multa o sanción imponen al conductor y propietario del vehiculo cuando lo ha conducido la novia de hace un mes creyendo que tenia carnet y nos para la guardia civil y resulta que solo tiene el teorico y que el practico no lo tiene desconociendo yo el hecho y teniendo juicio rapido la semana que viene.Muchas gracias
05/04/2010 18:38
IDÉNTICA PENA QUE AL AUTOR.
Esto es "pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses y trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días."
06/04/2010 12:06
jorgete23, si se conforma en el juicio rápido, le aplicarán la reducción de 1/3, con ello está reconociendo su culpabilidad, existe una mínima posibilidad de que le absolvieran, pero se arriesga a que no sea así y la condena sea mayor que si presta su conformidad en el juicio rápido, si puede demostrar que ignoraba que su novia no tiene aún el carnet y ella lo ratifica, podría salirle bien, hable con su abogado, él conoce mejor como funcionan los juzgados de su zona.
Le deseo suerte y un saludo,
06/04/2010 14:15
si estoy de acuerdo con aceiunitas. De todos modos a ella la van a condenar y tu te puedes salvar. No puedes ser cooperador si no sabes que ella está cometiendo una infraccion penal.
13/04/2010 14:00
Para CRISPULO ni puta idea campeón!como la mayoria de la gente en este pais que habla mucho sin saber de nada!Ni acusación para mi y a mi novia 960 E de multa sin carcel ni suspensión de 2 años.Asi que cuando se hable es porque se sabe sino mejor callado que para meter miedo ya sabems todos!
13/04/2010 14:43
Pues jorgete no preguntes si lo sabes tu, en un juicio sabes de que entras y no sabes como sales, me refiero a que puedes entrar de testigo y salir imputados.Solo son opiniones que se te brindan y con eso te haces una idea, recuerda que tu caso lo has expuesto en solo tres lineas y como comprenderas las personas no son adivinos,PD y no hace falta faltar y menos menospreciar a nadie, y recuerda esto es tan solo una opinion.
13/04/2010 16:25
La mayoría de la gente que aquí consulta no tiene ningún conocimiento jurídico, así que el hecho de que hables tú de cooperador necesario, induce a pensar que en algún momento se manejó esa idea... Que al final no te acusaron, pues mejor para ti, parece lo más lógico, pero si lo hubieran hecho hubieran pedido la misma pena para ambos, ya que el cooperador necesario es también considerado autor del delito. Todo ello sumado a que si realmente te hubiesen acusado tendrías un abogado para tu defensa, siendo mensaje casi abandonado por repetido que siempre es el abogado encargado de la defensa quien cuenta con la información necesaria para emitir la opinión más fundada.

Por otra parte la pena dicha por Críspulo es la prevista en el CP.

En fin chaval, que eres el más listo...
13/04/2010 17:40
Mensaje eliminado por incumplir las normas de participación de los foros de PorticoLegal.com.
13/04/2010 18:33
Sin comentarios...

La pena que han impuesto es EXACTAMENTE la que dije (simplemente, me limité a copiar la pena que refiere el código penal en ese tipo)

El cooperador necesario tiene idéntica pena que el Autor, graduando, en su caso, la multa. (Que es precisamente lo que preguntabas y lo que dice el art 28.1.2CP)

Por cierto ¿Quién ha hablado de suspensión? Yo no he dicho nada.



Otras consideraciones sobre un Juicio que NO he visto, pues no te puedo decir....


13/04/2010 18:56
Por favor, señores. Cuando alguien pregunta algo en este foro suele estar bastante asustado ya de por sí porque se ve envuelto en algún problema. Hay que tener tacto con lo que se dice y no aterrorizar al que pregunta, que ya la vida es jodida para hacerla más difícil. El que pregunta, aunque sepa algo lo hace para ratificar o para recibir información extra. Venga hombre, que no cuesta nada. Y no nos agobiemos.
13/04/2010 19:43
Si quiere "consuelo" que vaya con sus colegas o a ver a un sacerdote o a la consulta de un psicólogo.

Si viene a un foro jurídico, se entiende que las respuestas son "en derecho".

Por cierto, mi respuesta estaba bien...