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Copia programa tv

1 Comentarios
 
Copia programa tv
16/04/2010 10:20
Buenos días.
El programa Callejeros de Cuatro es un programa documental grabado en HDV. Si una productora hiciera este tipo de programa con el mismo formato en otro país, pero cambiando el título tendría algún problema?? Cómo se podría hacer un programa parecido sin tener problemas legales??? Que es lo que tiene que ser diferente para que no haya problemas de plagio?? Cual es la oficina para registrar los programas de TV a nivel internacional??

Muchas gracias por la ayuda,

Antonio
19/05/2010 11:25
Estimado Agdelucio,

respecto a lo que comentas, existen multitud de programas similares al de Callejeros, eso no es protegible, no pueden tener la exclusiva sobre el formato (a no ser que contenta una serie de parámetros de originalidad de los cuales considero que carecen), efectivamente modificando el nombre y REGISTRÁNDOLO como marca, puedes tener un programa similar, pero hay que registrar la marca, más info sobre esto puedes obtener en www.elregistrodemimarca.com.

Además respecto a la consulta de protección de ideas es muy recurrente en este foro, por tanto vamos a explicar al detalle y con ejemplos el tema de que LAS IDEAS NO SE PUEDEN PROTEGER.

Las ideas en cuanto conceptos intangibles no pueden protegerse, sí su plasmación en algún soporte físico o tangible, es decir y hagámoslo mediante ejemplos, una página web que facilite la búsqueda de billetes baratos mediante un rastreo con las compañías aéreas no es protegible. Únicamente el contenido de dicha web sería protegible COMO PROPIEDAD INTELECTUAL, también el nombre del dominio y la marca de servicios a través de la cual se desee publicitarse comercialmente, pero la idea en sí como concepto abstracto no es protegible. Al margen de lo que es registrable según la Ley de Propiedad Intelectual vigente en España en sus primeros artículos, la Ley de Competencia Desleal señala que "La imitación de prestaciones e iniciativas empresariales ajenas es libre, salvo que estén amparadas por un derecho de exclusiva reconocido por la Ley.", este artículo dispone en líneas generales que efectivamente el libre mercado es la que impide que alguien pueda apropiarse de un tipo de actividad o negocio, salvo que tenga la exclusiva, en este caso por ejemplo lo sería la que concede la patente de un invento, por ejemplo la fregona, cuya explotación durante 20 años desde su protección ha sido reservada a su inventor o a quien éste haya licenciado.

Lo mismo respecto a propiedad intelectual: una tesis, un estudio, dibujo, boceto, guión de película, libro o cuento son protegibles en cuanto al texto, nadie puede decir que por registrar un guión de una película sobre una temática concreta impida a un tercero hacer lo mismo, serán únicamente los personajes, sus nombres, el contenido original e inédito del largometraje lo que sí sea de explotación en exclusiva por el autor, con un periodo de prescipción a los 70 años desde su fallecimiento.

Espero haberos ayudado, si te has quedado con alguna duda.

Desde mi despacho de abogados (pcp abogados), ofrecemos un servicio de ENFOQUE JURÍDICO GRATUITO para particulares y empresas.

No dejes de consultar www.soyautor.es y www.elregistrodemimarca.com para asuntos relacionados con la propiedad intelectual e industrial.

Enviadnos un mail o llamarnos si quereis que completemos la respuesta,

Pablo CASTELLS (Abogado) / PCP ABOGADOS
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