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Coronavirus. mi mujer no puede regresar a españa

2 Comentarios
 
14/04/2020 18:18
Condedecartagena
Muchísimas gracias, Condedecartagena. Su comentario me deja mucho más tranquilo, y le agradezco su interés y disposición a ayudar.
Mil gracias de nuevo y mucha salud en estos tiempos difíciles.
14/04/2020 17:00
MuyConfundido
Hola :

1.- Desde la entrada en vigor del estado de alarma, los plazos y términos administrativos han quedado suspendidos e interrumpidos. De modo que no están corriendo. Y en todo caso, toda persona que presente en el control migratorio su pasaporte en vigor y su tarjeta de identidad de extranjero en vigor, podrá, en principio, ingresar en el espacio de Schengen.

2.- A las personas titulares de una tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión no se les debe estampar sello en el pasaporte al momento de cruzar las fronteras exteriores del espacio de Schengen, ni al irse ni al volver, siempre que muestren la tarjeta de residencia en vigor.

3.- Sería recomendable que su cónyuge, al volver, solicite la nacionalidad española por residencia si ya cumple con el tiempo de residencia mínimo requerido.

Un cordial saludo.
Coronavirus. mi mujer no puede regresar a españa
14/04/2020 14:05
Buenos días, escribo por si alguien puede aportarme un poco de luz sobre esta cuestión:
Mi mujer tuvo que hacer un viaje a su país (fuera de la Unión Europea) el pasado 5 de Marzo (ella tiene la tarjeta permanente de familiar comunitario). Tenía que volver el próximo 27 de Abril, pero han cerrado las fronteras y no la dejan salir de su país, aunque la Unión Europea tenga abiertas las fronteras para residentes en España. Además no hay vuelos.
Sé que quizá estoy exagerando pero... qué pasaría si pasaran 2 años (que es el tiempo máximo de permanencia fuera de España con la tarjeta permanente comunitaria) y aún no pudiera acceder a España? Perdería su residencia permanente? Con lo que nos ha constado obtenerla...
Sería posible, llegado el caso, hacer uso de lo que dice el real decreto de estado de alarma respecto a la suspensión de plazos de caducidad y prescripción para alegar que el plazo de estancia fuera de españa estaba suspendido mientras hubiera durado el estado de alarma en España?
Quizá esté exagerando, quedan casi dos años, pero es una cuestión que tengo en la cabeza de forma permanente. Agradecería si alguien pudiera aportarme algo de luz sobre el asunto. Muchas gracias a todos.
Coronavirus. mi mujer no puede regresar a españa | PorticoLegal
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Coronavirus. mi mujer no puede regresar a españa

2 Comentarios
 
14/04/2020 18:18
Condedecartagena
Muchísimas gracias, Condedecartagena. Su comentario me deja mucho más tranquilo, y le agradezco su interés y disposición a ayudar.
Mil gracias de nuevo y mucha salud en estos tiempos difíciles.
14/04/2020 17:00
MuyConfundido
Hola :

1.- Desde la entrada en vigor del estado de alarma, los plazos y términos administrativos han quedado suspendidos e interrumpidos. De modo que no están corriendo. Y en todo caso, toda persona que presente en el control migratorio su pasaporte en vigor y su tarjeta de identidad de extranjero en vigor, podrá, en principio, ingresar en el espacio de Schengen.

2.- A las personas titulares de una tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión no se les debe estampar sello en el pasaporte al momento de cruzar las fronteras exteriores del espacio de Schengen, ni al irse ni al volver, siempre que muestren la tarjeta de residencia en vigor.

3.- Sería recomendable que su cónyuge, al volver, solicite la nacionalidad española por residencia si ya cumple con el tiempo de residencia mínimo requerido.

Un cordial saludo.
Coronavirus. mi mujer no puede regresar a españa
14/04/2020 14:05
Buenos días, escribo por si alguien puede aportarme un poco de luz sobre esta cuestión:
Mi mujer tuvo que hacer un viaje a su país (fuera de la Unión Europea) el pasado 5 de Marzo (ella tiene la tarjeta permanente de familiar comunitario). Tenía que volver el próximo 27 de Abril, pero han cerrado las fronteras y no la dejan salir de su país, aunque la Unión Europea tenga abiertas las fronteras para residentes en España. Además no hay vuelos.
Sé que quizá estoy exagerando pero... qué pasaría si pasaran 2 años (que es el tiempo máximo de permanencia fuera de España con la tarjeta permanente comunitaria) y aún no pudiera acceder a España? Perdería su residencia permanente? Con lo que nos ha constado obtenerla...
Sería posible, llegado el caso, hacer uso de lo que dice el real decreto de estado de alarma respecto a la suspensión de plazos de caducidad y prescripción para alegar que el plazo de estancia fuera de españa estaba suspendido mientras hubiera durado el estado de alarma en España?
Quizá esté exagerando, quedan casi dos años, pero es una cuestión que tengo en la cabeza de forma permanente. Agradecería si alguien pudiera aportarme algo de luz sobre el asunto. Muchas gracias a todos.