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costas ¿esto es asi?

8 Comentarios
 
14/08/2013 13:51
Hola Motta&L te agradezco de nuevo la ayuda, pero he de decirte que estamos equivocados... he ido al juzgado y allí la persona que lleva estos temas y se encarga de ello me ha dado una explicación muy completa y demasiado técnica como para poderla reproducir aqui por mi, pero vamos, que son otro tipo de costas y que tal y como dice la sentencia SI son para el abogado y que en mi caso no se han señalado costas del tipo normal por así decirlo que esas si son las que van al cliente, porque este tipo de juicios no llevan esas costas (o eso he entendido).

Vamos, de primera mano, me han dicho que son costas para el abogado y la asesoria tenia razon.

Gracias
13/08/2013 14:05
Ahora si, eso es exactamente lo que queria saber... deberian descontar la parte de las costas a todos en la factura en lugar de cobrarselo dos veces.

Odio que me tomen el pelo por no saber de estos temas, que se aprovechen asi de una, que rabia.. y mas desde tu propio sindicato
13/08/2013 14:02
Efectivamente, el Juzgado puede hacer el mandamiento a nombre del Letrado, pues así hará uno solo, en lugar de uno para cada trabajador. Pero esta cantidad debe descontarse de lo que se haya acordado satisfacer al abogado, pues de lo contrario, como usted indica, se le estaría pagando por duplicado.

Quedo a su disposición,

Motta&L Abogados
13/08/2013 13:57
No he entendido muy bien esto último...disculpe pero es que a veces los términos que usan no los comprendo del todo bien..

Nosotros hemos pagado un anticipo a la asesoría y ahora nos han dado la factura para pagar el resto por sus servicios, lo cual es asi como debe ser.
En la factura hay 3 conceptos:

*Honorarios Reclamación JS con Juicio y Sentencia
*Honorarios Sentencias E Insolvencias
*Reclamación Tribunal Laboral S/Cantidades

Base imponible iva
Y luego restan lo que ya pagamos del anticipo

TOTAL a Pagar y fin de la factura.

Yo lo que no veo reflejado es el descuento de las costas en la factura y cuando he preguntado me dicen lo que ponia en el mensaje que son para el letrado porque asi lo pone en la sentencia, textualmente : "Con respecto al tema de costas de la ejecución, estas son costas para el letrado, te puedes informar en el Juzgado, haciendo a nombre del letrado el mandamiento de costas, estas se fijan en el auto de la ejecución, por lo que en ningún momento hay que abonar al cliente, estas costas las paga la empresa demanda, por no pagar en tiempo. "

Te referias a eso? a que pagar hay que pagar no? yo sé que si, pero creo que se quieren quedar con laas costas dos veces.. o asi lo entiendo

gracias
13/08/2013 13:51
No hay de qué. Sí quiero aclarar, aunque entiendo que usted ya lo sabe, que el hecho de que el Juzgado determine que los honorarios de los trabajadores los satisface el demandado (en este caso, la empresa) no debe suponer que los trabajadores no deban pagar los honorarios.

Entiendo que usted conoce este extremo, pues habla de minorar los honorarios, pero quería hacer el matiz.

Quedo a su disposición,

Motta&L Abogados
13/08/2013 13:40
Muchas gracias Motta&L, luego entiendo que de la asesoria me estan mintiendo y tomando el pelo... tenía dudas porque así lo entendia yo pero como en la sentencia dice
"incluidos los honorarios del Letrada de los actores"
ahi radicaba mi duda de si podia ser verdad lo que la asesoría me decia que eran para la abogada

Muchisimas gracias, de verdad
13/08/2013 13:36
Las costas son para el cliente, a fin de resarcirle de los gastos que haya soportado por tener que interponer el procedimiento en cuestión.

Quedo a su disposición,

Motta&L Abogados
13/08/2013 13:12
¿Alguien me puede ayudar a clarar esta duda?

gracias
costas ¿esto es asi?
12/08/2013 20:20
Hola a todos, me llamo Maria y tengo una duda que quiero plantear a los abogados del foro que saben cómo van estas cosas para pedirles por favor simplemente que me confirmen si lo que me han dicho en el sindicato es correcto o si me están engañando o haciendome algo mal.

Perdonad la molestia y gracias lo primero de todo.

Hemos tenido problemas con la empresa, (quién no en estos tiempos) y tuvimos que denunciar varios compañeros, como eramos varios con la misma cosa y por hacer fuerza y bulto al final se decidió hacerlo a través del sindicato (en el que hay en la asesoría una mujer de la que no me fio nada), de hecho yo no estaba afiliada y tuve que afiliarme para esta demanda conjunta.
El caso es que hemos ganado el juicio y les han condenado a corregir las nóminas, pagar lo que nos habían "sisado" y condenado a costas por no se qué recurso, la sentencia dice exactamente esto:

"TERCERO.- Conforme al artículo 235.1 de la Ley Reguladora de la
Jurisdicción Social procede la condena en costas de la empresa XXXXXXXXXXX SL, incluidos los honorarios del Letrada de los actores,
que fijamos en 800 euros.

F A L L A M O S
Que debemos desestimar y desestimamos el recurso de Suplicación
formulado por la empresa XXXXXXXXXX , frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Nº Cuatro de los de Navarra, en el Procedimiento contra la recurrente, en reclamación de
Derecho, confirmando la sentencia recurrida. Condenando en Costas a XXXXXX SL, incluidos los honorarios del Letrada de los actores, que fijamos en 800 euros."

Según le pregunté a la abogada del sindicato si esos 800e si eran para cada uno o por la demanda conjunta y me dijo "Los 800 € que fija la sentencia los fija la ley por la contestación que hemos tenido que hacer del recurso que interpusieron. Es una cantidad fija por el recurso total, al margen de las cantidades que reclame cada uno o cuantos trabajadores sean. "

Posteriormente a esta explicación de la abogada, en la factura que me ha dado la asesoría judicial del sindicato por los servicios prestados no me descuentan (ni a mi ni al resto de personas de la demanda) nada de esas costas, vamos, entiendo que se lo queda el sindicato INTEGRO. Le he preguntado a la asesoría laboral que es la que emite la factura y me han dicho esto, QUE ES JUSTO LO QUE OS PIDO POR FAVOR QUE ME DIGAS SI ES ASI o NO:

"Con respecto al tema de costas de la ejecución, estas son costas para el letrado, te puedes informar en el Juzgado, haciendo a nombre del letrado el mandamiento de costas, estas se fijan en el auto de la ejecución, por lo que en ningún momento hay que abonar al cliente, estas costas las paga la empresa demanda, por no pagar en tiempo. "

Si me dicen que esto es así yo pago la factura y me olvido pero tengo dudas porque yo tenia entendido que el cliente paga al abogado por adelantado y si se gana un juicio con condena de costas éstas son para el cliente que ya las ha pagado, sino entiendo que la abogada las cobraría dos veces...

Me ha sonado tan raro, de hecho tuve una vez un juicio personal no por nada laboral, gané y el juzgado me pagó las costas que eran los honorarios que yo había pagado al abogado que tuve, por eso me extraña tanto la explicacion que me han dado..

Les ruego me ayuden a salir de esta duda

Gracias a todos!