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costas

2 Comentarios
 
Costas
22/03/2012 12:19
Alguien me puede ayudar????
el Juzgado ha condenado al contrario al pago de costas, pero el contrario es extranjero, no tiene bienes en España, su abogado no ha señalado domicilio ni en España ni en el extranjero ( a pesar de que el juzgado lo solicitó.
Ya impugnaron las costas y el juzgado dijo que eran procedentes, pero no han desigando bienes a embargar, ni la oficina de averiguación patrimonial le ha encontrado nada en España.
4 años después el secretario me notifica dILIGENCIA DE ORDENACIÓN para que inste lo que a mi derecho convenga.
¿que tengo que hacer?
22/03/2012 12:59
Si no se conocen bienes, lo mas probable es que se archive provisionalmente. Cada seis meses aproximadamente puedes volver a solicitar averiguación por si está trabajando o tiene algún bien.

http://conocertusderechos.blogspot.com
23/03/2012 11:06
Opino como conocertusderechos, si el obligado no tiene bienes poco puedes hacer.
Yo tengo un problema puesto que habiendo sido condenada en costas por una ejecución por oposición, el abogado contrario presentó tasación de costas que yo entendí por todo el procedimiento y ahora me encuentro con que me pasa otra por la ejecución de cuantía desorbitada. Y no sé si podría impugnar esta segunda tasación por preclusión ya que es el mismo procedimiento. Si me podéis ayudr lo agradecería mucho.
costas | PorticoLegal
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Costas
22/03/2012 12:19
Alguien me puede ayudar????
el Juzgado ha condenado al contrario al pago de costas, pero el contrario es extranjero, no tiene bienes en España, su abogado no ha señalado domicilio ni en España ni en el extranjero ( a pesar de que el juzgado lo solicitó.
Ya impugnaron las costas y el juzgado dijo que eran procedentes, pero no han desigando bienes a embargar, ni la oficina de averiguación patrimonial le ha encontrado nada en España.
4 años después el secretario me notifica dILIGENCIA DE ORDENACIÓN para que inste lo que a mi derecho convenga.
¿que tengo que hacer?
22/03/2012 12:59
Si no se conocen bienes, lo mas probable es que se archive provisionalmente. Cada seis meses aproximadamente puedes volver a solicitar averiguación por si está trabajando o tiene algún bien.

http://conocertusderechos.blogspot.com
23/03/2012 11:06
Opino como conocertusderechos, si el obligado no tiene bienes poco puedes hacer.
Yo tengo un problema puesto que habiendo sido condenada en costas por una ejecución por oposición, el abogado contrario presentó tasación de costas que yo entendí por todo el procedimiento y ahora me encuentro con que me pasa otra por la ejecución de cuantía desorbitada. Y no sé si podría impugnar esta segunda tasación por preclusión ya que es el mismo procedimiento. Si me podéis ayudr lo agradecería mucho.