Si en diciembre le despiden, como es probable que se hayan pasado de la duración legal, es cuando se deben estudiar bien los contratos y las prórrogas y, si son contratos temporales en fraude de ley, denunciar por despido improcedente y que le indemnicen lo que corresponda (o le readmitan) A efectos prácticos, del día a día, da igual ser fijo que ser temporal en fraude de ley. Por eso aconsejo dejarlo estar y denunciar (si es el caso) al finalizar la relación laboral.
Buenas Mosca, hombre claro que me considero afortunado (con la que está cayendo) pero aun así considero que merezco mas y creo que han transgredido la ley , yo estaré el tiempo que me dén , sólo que me gustaría conocer mis derechos y si es legal o no , porque es un hecho que en diciembre me despedirá porque termina la suspension de la concatenación de contratos y quisiera informarme para saber a que atenerme , ruego ayuda al que sepa por favor
¿Consecuencias? Que, de momento es usted una persona afortunada porque sigue usted teniendo trabajo. El día que no le renueven o le despidan, plantéese si debería ser fijo o no para demandar o no demandar. Yo, de momento, lo dejaría estar.
Buenas , mi caso es el siguiente tengo un contrato de duración determinada por las circunstancias de la produccion, codigo 402 en mi convenio (hosteleria ) la duración maxima es de 12 meses en un periodo de 18 el día 27 de junio se cumplieron 12 meses y ya había una prorroga por el medio , ahora 2 dias despues de que me finalizara el contrato me ha comunicado por e-mail que me ha ampliado el contrato hasta diciembre. eso es superar la duración maxima del contrato ¿no? que consecuencias tiene eso? ¿puedo demandarlo para que me haga fijo?