Entiendo, que si en la carta me lo conceden, pero no he firmado un anexo que me dieron ayer....aunque me digan que no puedo irme....hoy a las 14hs puedo fichar no? Me digan lo que sea más adelante como por ejemplo que porque me fui o que incumpli mi jornada....
Usted puede firmar tranquilamente con un NO conforme y listo, ya está firmado.
Si la empresa actúa así usted se queda con una copia de su notificación de reducción a la empresa y directamente a inspección.
El error parte del concepto de que usted espera que la empresa le acepte la reducción y no es así, la empresa no puede denegarle nada, usted no está solicitando nada a la empresa, usted está notificando a la empresa que a partir del día "X" comenzará usted a ejercer su dcho de reducción por custodia legal.
El matiz es ese, si la empresa, como usted dice le deniegan esa reducción debe ser de forma expresa, (por escrito) y motivada, no lo harán se lo aseguro, de palabra para luego negarlo todo vale pero por escrito no lo harán.
Usted desde que comunica a la empresa que con fecha tal va a iniciar su dcho, con el papel entregado a la empresa y el recibo de esta en la copia que se queda usted a partir de la fecha ya puede ejercer su dcho de educación y luego que vengan con las amenazas que quieran.
smo
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Por cierto, cuando se cambia de turno, te lo dicen de un viernes para empezar un lunes, es decir no existe un patrón de tiempo para ir de mañana o de tarde. No sé si me explico
He dicho una semana cada 6 meses, por decir. Ya que solo se trabaja a doble turno cuando hay mucho trabajo. Pero repito que la jornada ORDINARIA ES DE MAÑANA. me dijo que si no firmaba el anexo.... No me podría dar la reducción, por tanto, ¿ Y si me voy antes, pero no lo ha comunicado a la SS? ¿O bien pueden decir que me he ausentado? ¿Represalias? Gracias.
La empresa ha aceptado la reducción de jornada y aunque sin acuerdo (firmo usted como no conforme) puede empezar a realizar la misma, lo cierto es que a la empresa no le falta razón, la reducción de jornada debe ajustarse al horario diario del trabajador por lo que si trabaja una semana en el turno de tarde cada 6 meses deberá seguir siendo así, eso si, si hasta ahora esta era su jornada a ver si ahora pretenden que trabaje una semana de mañanas y otra de tardes, debe seguir la misma cadencia que tenia, 6 meses a jornada de mañanas y una semana de tardes con la reducción de 1/8 diario.
Buenas, hace 29 días pedí un reducción de jornada de 1/8 por guarda legal. Mi contrato de trabajo es del sector de las artes gráficas y en él se detalla que mi jornada será de: 7a15hs, o bien de 15a23hs en turnos rotativos, los cuales son única competencia de la empresa. La carta que me devolvieron dice que SI me la conceden, lo único que no pueden permitirme es que la reducción sea solo en jornada de mañana, puesto que mi contrato dice que trabajo a turnos. Firme como NO CONFORME.
Mi jornada ORDINARIA DESDE QUE LLEVO TRABAJANDO ES DE 7 A 15HS, siendo el turno de tarde en una semana cada 6 meses. Hoy me han dado un anexo de contrato el cual pone que mañana empiezo con reducción de jornada de 1/8 diciendo que trabajaré de 7a14hs y de 15a22hs. Yo no he firmado nada puesto que no estoy conforme. mi pregunta es: ¿mañana puedo salir a las 14hs o hasta que no se dicte una sentencia NO DEBO hacerlo, y seguir con mi jornada habitual?