Hola, tengo una duda, cuando a un trabajador cuando termina el contrato se le retribuyen vacaciones no disfrutadas...que fecha de baja en seguridad social hay que señalar la de fin de contrato o la de fin de contrato mas los dias de vacaciones que se le retribuyen...gracias por vuestra ayuda.
La fecha de baja será la del fin de contrato.
Los días de vacaciones no disfrutados y abonados en la liquidacion supondrán unos dias adicionales en los que permanacerá en situación "asimilada a la alta", pero no de alta, por tanto, la fecha de baja, la del fin de contrato.