Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

¿Cuándo empezaré a cobrar la pensión?

1 Comentarios
 
¿cuándo empezaré a cobrar la pensión?
06/08/2019 16:40
Buenas tardes con fecha del 15 de julio me salió sentencia de juzgado dándome la razón y a si la absoluta y el día 1 de agosto me comunicó mi abogada que recurrió la seguridad social estoy operado de hernias cervicales lumbares me dio un sootñsectico trastorno depresivo hernias dorsales y Colón irritable grabe puede quitarme la permanente total la cual tenía antes q ganara el juicio donde me dieron la absoluta grs
08/08/2019 21:00
Yunday12345
Hola. Si el INSS ha recurrido , junto con el anuncio de recurso debe aportar al Juzgado un certificado conforme te inicia el pago de la pensión desde la fecha de la notificación de la sentencia al INSS, pero sin atrasos. Estos quedarán pendientes de la sentencia del Tribuna Superior de Justicia. Normalmente ( siempre hay excepciones) si se han aportado buenos informe médicos de los especialistas de la seguridad social) confirman la sentencia.
Si revocasen la sentencia, volverías a cobrar la total ( no te la pueden quitar si ya te la había reconocido el INSS en la resolución recurrida).Pero no tendrás que devolver ninguna cantidad por la pensión por la incapacidad absoluta cobrada mientras se tramita el recurso. Espero que confirmen la sentencia.
Saludos
¿Cuándo empezaré a cobrar la pensión? | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

¿Cuándo empezaré a cobrar la pensión?

1 Comentarios
 
¿cuándo empezaré a cobrar la pensión?
06/08/2019 16:40
Buenas tardes con fecha del 15 de julio me salió sentencia de juzgado dándome la razón y a si la absoluta y el día 1 de agosto me comunicó mi abogada que recurrió la seguridad social estoy operado de hernias cervicales lumbares me dio un sootñsectico trastorno depresivo hernias dorsales y Colón irritable grabe puede quitarme la permanente total la cual tenía antes q ganara el juicio donde me dieron la absoluta grs
08/08/2019 21:00
Yunday12345
Hola. Si el INSS ha recurrido , junto con el anuncio de recurso debe aportar al Juzgado un certificado conforme te inicia el pago de la pensión desde la fecha de la notificación de la sentencia al INSS, pero sin atrasos. Estos quedarán pendientes de la sentencia del Tribuna Superior de Justicia. Normalmente ( siempre hay excepciones) si se han aportado buenos informe médicos de los especialistas de la seguridad social) confirman la sentencia.
Si revocasen la sentencia, volverías a cobrar la total ( no te la pueden quitar si ya te la había reconocido el INSS en la resolución recurrida).Pero no tendrás que devolver ninguna cantidad por la pensión por la incapacidad absoluta cobrada mientras se tramita el recurso. Espero que confirmen la sentencia.
Saludos