A ver, no te exaltes aun Anonimo, Convenio Colectivo de la Industria Siderometalurgica 2 pagas, Convenio colectivo del comercio metal 3 pagas, estos malentendidos se solucionaria si en los contratos pusieran el condigo del convenio, pero bueno.
Revisar informacion... me parece que mezclais el Convenio del Metal y el convenio del Comercio del Metal de la provincia de Barcelona.
El convenio del Comercio del Metal para los años 01 al 04 (todavia no se ha actualizado) contiene 3 pagas extras.
En mi contrato cita convenio del metal, y efectivamente trabajo y soy de barcelona. y el convenio que he consultado, es el convenio del metal 2003-2006 y solo pude apreciar dos pagas.
Aunque se de buena tinta que la paga de beneficios existe, aunque solo para "algunos", ya sabes.... los amiguitos del jefe.
Entonces, puede llegar a exigirla?
serias tan amable de decirme donde puedo encontrar esa información que no he logrado averiguar, aun habiendome leido el convenio de punta a punta?
Pues sí, el Convenio del Metal (por lo menos, el de la provincia de Barcelona) para los años 2001 al 2004, contiene 3 pagas extraordinarias (Junio, Diciembre y Beneficios).
Sin embargo, este Convenio es habitualmente confundido con el de la Siderometalurgia, que no es tan generoso y sólo contiene DOS pagas extraordinarias (Junio y Diciembre)
El convenio del metal tiene 3 pagas????
yo diria que en librito de mi convenio solo salen dos. a no ser que hayan pactado otra paga mas!
a ver si no me enterado y tengo 3!!!
Las pagas extra de devengo anual se computan desde el 1 de julio de un año al 30 de junio del siguiente la de verano; del 1 de enero al 31 de diciembre la de navidad; del 1 de marzo de un año al 28 de febrero del siguiente la de marzo; del 1 de octubre de un año al 30 de septiembre del siguiente la de octubre e incluso hay convenios (los menos) que aún mantenen la llamada paga de beneficios que se abona entre enero y marzo y que se computa entre el 1 de ewnero y 31 de diciembre del ejercio anterior.
Otra modalidad es la de paga semestral, donde en cada semestre se genera una paga completa o lo que es lo mismo, a razón de 5 dias/mes.
En tu caso, sospecho que la paga te la estan computando en base año, es decir que a 360/365 dias 30 a los dias trabajados en el periodo anual, los que sean.
Haz la cuenta d cuantos dias te corresponden y multiplica el numero de dias por el valor que resulte de dividir tu sueldo base (es lo habitual para las pagas) entre 30 dias.
Buenas, me gustaria saber cuanto me pertenece de paga prorrateada si llevo en un trabajo 1 mes y 10 dias(hara el 1 d agosto cuando me ingresen la paga el sueldo).Yo trabajo en una empresa de informatica y tengo 15 pagas ya q es el convenio d metal y gano 800 € mes.Ellos dicen q me pertenecen 75 €, tan poco?...A ver si alguien me puede ayudar...Un saludo!