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Cuanto tiempo puedo vivir en España trabajando en Londres

3 Comentarios
 
Cuanto tiempo puedo vivir en españa trabajando en londres
22/09/2010 00:04
Hola a todos,

soy español y llevo tiempo trabajando en Londres, mi trabajo lo desempeñaba desde el ordenador de mi casa (en Londres), pero por motivos familiares me he vuelto a España, y aunque sigo desempeñando el mismo trabajo, ya que sigue siendo desde el ordenador de casa (y mi jefe me lo permite), no esta seguro de que pueda pasar tanto tiempo en España cobrando desde alli (Inglaterra).

Mi duda es, si hay alguna ley que regule el tiempo minimo necesario que debo vivir en el pais donde "trabajo" y tributo.

Muchisimas gracias a todos.
23/09/2010 01:36
Sí que las hay (leyes).

Tú, pagas impuestos en UK PAYE (tú sabes lo que es), o te pagan con tax code NT?

Si te pagan NT, tienes que declarar en España, como residente aquí.

Si te pagan PAYE, debes declarar en España, como residente, con las deducciones por doble imposición del Convenio de Doble Imposición firmado con UK, para deducirte los impuestos que ya has pagado allí.

In theory if you spend more than 183 days in Spain you are a Spanish resident for tax purposes and you should declare in Spain (and pay, accordingly, tax on) all your income wherever this arises. If your main home or your family interests are in Spain, exactly the same even if you don´t spend 183 days here.

However, as far as I know, nobody is checking!

Espero que esto sea self-explanatory!

23/09/2010 09:51
Muchas gracias por las molestias,

si me ayuda, por lo menos para saber lo de los 183 días.

Gracias
26/12/2011 19:50
Buenas tardes,

El problema no es seguir cobrando desde una empresa inglesa (o U.E. o fuera U.E.). Uno puede ser trabajador en España de cualquier empresa en el mundo, cuanto más europea.

Aquí tienes dos temas el fiscal y el laboral. Cada uno tiene sus especificidades.

Siendo residente en España, fiscalmente declaras en España todo lo que cobres de cualquier parte del mundo.

Laboral, siendo residente y trabajando en España, las leyes y cotisaciones aplicables son las españolas.

De no ser así, te arriesgas a empleo disimulado, fraude a Hacienda, Seguridad Social, etc...

Esto dicho, existe, para Europa, el caso de personal desplazado. Pero sobre este tema no tengo bastante información de tu situación para poder contestarte adecuadamente.

Saludos