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Cuota de participación en mancomunidad

1 Comentarios
 
Cuota de participación en mancomunidad
05/03/2021 17:24
Buenas tardes.
Vivo en un edificio que comparte una finca destinada a jardines con otros dos bloques más. Cada bloque pagaba sus gastos y los del jardín se repartían a partes iguales entre los tres bloques. Hace cinco años crearon una mancomunidad para el jardín, fachada y cubierta. La cuota de participación que pusieron en la mancomunidad es el 33,33 %. En mi escritura de propiedad, como en la de los otros vecinos de mi bloque, pone que participa en la finca común en un 31,25 % .¿Es correcta la participación de la mancomunidad en el 33,33 en vez del 31,25?. ¿Debemos soportar un mayor gasto del que nos correspondería no solo en jardines sino también en cubierta y fachada?.
¿Puede un acuerdo de los tres presidentes de las comunidades modificar lo estipulado en cada una de nuestras escrituras y en la de División Horizontal, sin conocimiento ni consentimiento de los afectados?.
Gracias
05/03/2021 21:01
Badajoz15
Ese acuerdo se debería haber aprobado primero en cada comunidad y por unanimidad.
No se hizo así, ni tampoco lo impugnaron, ahora deberán contribuir con ese 33,33%.
Al no ser que mañana llege un nuevo comprador, y como este acuerdo seguro que no se ha pasado por el Registro, éste nuevo propietario podrá impugnarlo
Cuota de participación en mancomunidad | PorticoLegal
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Cuota de participación en mancomunidad

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Cuota de participación en mancomunidad
05/03/2021 17:24
Buenas tardes.
Vivo en un edificio que comparte una finca destinada a jardines con otros dos bloques más. Cada bloque pagaba sus gastos y los del jardín se repartían a partes iguales entre los tres bloques. Hace cinco años crearon una mancomunidad para el jardín, fachada y cubierta. La cuota de participación que pusieron en la mancomunidad es el 33,33 %. En mi escritura de propiedad, como en la de los otros vecinos de mi bloque, pone que participa en la finca común en un 31,25 % .¿Es correcta la participación de la mancomunidad en el 33,33 en vez del 31,25?. ¿Debemos soportar un mayor gasto del que nos correspondería no solo en jardines sino también en cubierta y fachada?.
¿Puede un acuerdo de los tres presidentes de las comunidades modificar lo estipulado en cada una de nuestras escrituras y en la de División Horizontal, sin conocimiento ni consentimiento de los afectados?.
Gracias
05/03/2021 21:01
Badajoz15
Ese acuerdo se debería haber aprobado primero en cada comunidad y por unanimidad.
No se hizo así, ni tampoco lo impugnaron, ahora deberán contribuir con ese 33,33%.
Al no ser que mañana llege un nuevo comprador, y como este acuerdo seguro que no se ha pasado por el Registro, éste nuevo propietario podrá impugnarlo