He heredado un piso de renta antigua y por el cual el inquilino paga 80 € mensuales. Hasta ahora no habia comunidad de vecinos pero dado que se han vendido dos pisos creemos en la conveniencia que debemos pagar una comunidad para en su momento hacer alguna reparación, luz de la escalera, cerradura del portal, limpieza etc.. mi pregunta es:
¿tiene obligación el inquilino a pagar la cuota de comunidad (20 €) que es lo que se ha estipulado?