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Custodia compartida y pensión de alimentos

15 Comentarios
 
Custodia compartida y pensión de alimentos
27/11/2018 19:09
Buenas tardes, tengo custodia compartida desde hace 3 años, de dos menores, mi exmarido me pasaba una pensión compensatoria pero ahora dice que no debería de pasarme nada.
Os resumo, el es policía y gana con pagas en neto 2300€mensuales, yo gano 460€", en un trabajo temporal, pago la hipoteca de una casa que en su día cogimos de 240€mensuales, y los gastos de los niños al 50%, , el solo me pasa ahora 200€.
No entra en razón y dice que no debería de darme ninguna pensión... Podéis ayudarme?
28/11/2018 09:01
Saludema
¿Pero y en base a qué dice ahora que no tiene que pagarte ninguna pension?

De todas formas, tu haces referencia a "pension compensatoria". Esa es para ti, no para los hijos. ¿Puede ser que se estableciera temporalmente, y haya pasado ya el plazo?
Es que no se a santo de qué lo dice ahora...
28/11/2018 09:45
sarapiki
Eso pensé yo, el no quiere pasarme nada y dice que no debe. En el convenio pusimos una pensión compentasotia hasta que los niños tuvieran 18 años, en ningún momento firmamos pensión alimenticia,, no pedí nada y confíe... El hecho está que si esa pensión compensatoria se extinguirá porque el quiere revisar medidas, por lo datos que he aportado imagino que tendría que pasarme una alimenticia igualmente y hasta que mis hijos no dependan de mi, no? Y al yo no tener trabajo, el pagar un % más elevado en los gastos compartidos... No sé por esos importes, que cantidad debería de pasarme... El no quiere pasar nada, aunque me quede yo sin trabajo.
28/11/2018 10:23
Saludema
Si se establecio una pension compensatoria hasta que los niños cumplieran 18 años, esta obligado a pasarla hasta ese momento. No puede suprimirla unilateralmente, tendria que hacerlo a traves de un procedimiento de modificacion de medidas

Si no se establecio pension de alimentos en su dia, para solicitarla habria que acudir igualmente a un procedmiento de modificacion de medidas y justificar que las circunstancias han cambiado
29/11/2018 10:45
Saludema
Si estáis en custodia compartida podría no haber pensión por alimentos a los menores, pero habiendo tal disparidad de ingresos lo encuentro disparatado, y hasta difícil de creer que la fiscalía aprobara eso, pero bueno, si es lo que dices lo creeré (¿no estás confundiendo alimentos y compensatoria?). La pensión compensatoria por otro lado, si está determinada (igual que si fuera de alimentos), hay que cumplirla mientras esté en vigor. Si no te la paga solicita ejecución de sentencia, que él podrá decir lo que le dé la gana, que las sentencias están para cumplirlas, y siendo policía lo sabe seguro (que te está tangando, vamos).
La hipoteca por otro lado si es de los dos, corresponde a los dos. Si no la paga, solicítale la mitad del coste y si no la paga se la demandas judicialmente mediante acción de repetición.
Él no puede "decidir" dejar de pagar nada, para realizar cualquier modificación tiene que presentar primero la demanda.
01/12/2018 12:15
paquito xocolatero
Todo se hizo de mutuo acuerdo, teníamos un piso y la casa, en el convenio acordamos que el se quedaba el piso y su correspondiente hipoteca y yo la casa y hacíamos igual, pero sin hacer extinción de condominio por el momento,. El piso se ha vendido sin beneficios hace dos meses porque así lo quiso , yo la casa la sigo manteniendo.
Se puso una pensión compensatoria a mi favor de 400€ hasta los 18 años de los niños... Con la cláusula de que si yo encontraba trabajo a media jornada se reducía ese tiempo a 200€, y el tema está que el me dice ahora que cuando deje de trabajar que me va a pasar solo 200,en vez de los 400€ que hemos acordado. Al estar yo en edad de trabajar, en mi zona el trabajo es difícil ahora encontrarlo... No por ganas, llevo 20años trabajando.. Y mi pregunta era esa, que aunque se quitará esa pensión compensatoria y se revisaran medidas, por los datos e ingresos dados... El tendría que pasarme pensión de alimentos, el hacerse cargo de más % en los gastos de los niños? Si en enero no me renuevan, mis ingresos pasarían a ser a 0€.
02/12/2018 15:44
Saludema
Si la custodia es compartida, se puede establecer un porcentaje diferente al 50% en relación a los gastos de los menores. Si vuestra diferencia de ingresos es tan alta, pueden establecer que los gastos se asuman en, por ejemplo, un 70%-30%.

Aunque sea de mutuo acuerdo, al haber menores, estos convenios tienen que pasar por la aprobación del fiscal, se me hace extraño que un fiscal haya aprobado un convenio de las características que explicas.
03/12/2018 07:57
Rache
Así fue, hace 3 años casi, la verdad que si ahora aportará datos de que durante dos años he estado sin trabajo, y lidiando con los gastos prácticamente yo sola creo que sería diferente, ahí no se miró si yo estaba trabajando, ni lo que el ganaba, simplemente se llevó el convenio que redactamos y a las 3 semanas ya teníamos firmado el divorcio.
03/12/2018 09:49
Saludema
No te lo tomes a mal, pero hiciste un acuerdo horroroso. Yo en cuanto pudiera solicitaría una pensión de alimentos, independiente de la compensatoria, ya que esta no está ligada a los menores, y si se prevé que trabajes pues se cumplirá lo que diga, pero ya no sería problema de él si dejas de hacerlo. No es una pensión por alimentos, que tenga la obligación de mantener como progenitor, sino compensatoria, y él ya una vez trabajes que luego lo dejes de hacer o no ya es cosa tuya; te paga por el perjuicio que habría ocasionado el matrimonio de cara a obtener ingresos propios tuyos, y este no vuelve a aumentar porque hayas encontrado trabajo y luego lo hayas perdido. La pensión por alimentos es diferente; se paga de forma proporcional a los ingresos en todo momento ya que la obligación es con los hijos, no con el ex.
Sobre la vivienda, si teníais dos y cada uno paga la hipoteca de en la que se queda, pero no habéis disuelto la copropiedad, pues bien, es el acuerdo que tenéis, pero entiendo que al venderla te daría tu mitad, si era de ambos, ¿no?
03/12/2018 10:41
paquito xocolatero
No lo tomo a mal, claro que no, y si fue horroroso, firme pensando que se le pasaría la tontería y accedí sin pedir absolutamente nada en su día, es ahora al decirme el de quitar la compensatoria donde estoy informándome de todo, para ver como puedo pedir la de alimentos, si no trabajo se entiende que me la darían una de las dos, no creo que me den las dos pensiones. Sobre la venta del piso no obtuvimos ninguna ganancia tuvimos que poner dinero aún, que lo pagó el y se zanjó así, en su día el puso más dinero para la entrada y los gastos, en ese aspecto si estuve de acuerdo, sin embargo con la casa que me he quedado se ha revalorizado bastante y en su día sí decido vender habría beneficio y yo le tendría que dar a él. Como se hacen los cálculos para orientarme un poco sobre lo que me correspondería de pensión? Un saludo, gracias!!
03/12/2018 12:06
Saludema
Por supuesto que te pueden dar las dos pensiones, no son en absoluto contradictorias. Una es para resarcirte por el perjuicio ocasionado por el matrimonio (por haber renunciado o perjudicado una carrera laboral favoreciendo la del otro por dedicarte a asuntos domésticos), y la otra es una obligación a los hijos que tiene TODO progenitor. Estando en compartida lógicamente la pensión será muy inferior a la que tendrías de tener una custodia completa (porque también tienes solo la mitad de los gastos ordinarios), pero si la diferencia de ingresos es tan considerable, lógicamente corresponde una custodia compartida, porque no vas a pagar tú la mitad de los gastos con un salario tan netamente inferior (contabilizando la compensatoria como ingreso propio y descontándola de los de él, lógicamente). Si tras este ajuste sigue saliendo una desproporción considerable de ingresos, tienes derecho a percibir alimentos para tus hijos. Bastaría una demanda de modificación al concurrir cualquier variación sustancial en los ingresos de uno o del otro. El cálculo de las pensiones de alimentos (con el ajuste mencionado por la compensatoria) puedes hacerlo tú misma (orientativo, ya que puede haber otras circunstancias a tomar en cuenta, si no es más o menos el que será) en pensionesaa.poderjudicial.es
Sobre la vivienda tras la explicación queda más claro, aunque sigo opinando que la mitad de la hipoteca tiene que pagarla él, no va a obtener un rendimiento de algo que has pagado tú, ni tienes por qué pagarlo tú todo porque él se quedara una vivienda de la que tú estarías pagando la mitad, pero ya no. Podéis acordar el pago conjunto como corresponde en función de la propiedad (la otra ya no tendría nada que ver), o bien disolver los gananciales y contabilizar lo que puso él de más (esa parte de él como porcentaje), el resto a medias, y lo que quede por pagar que se te asigne a ti en el porcentaje que represente y ya la pagas tú.
03/12/2018 12:07
Saludema
* lógicamente corresponde una pensión por alimentos. Disculpa.
25/12/2018 22:14
Saludema
Pensión alimenticia y gastos extras.
Me gustaría saber si los gastos extras incluyen la ropa de los niños, calzado.
26/12/2018 10:44
Mbg83
NO: La ropa y el calzado estan incluidos en la pension de alimentos.
Cabria, rizando el rizo, considerar un gasto extraordinario algun tipo de calzado ortopedico, por ejemplo, pero si fuera el calzado habitual del menor, habria que hilar muy fino para pasarlo como gasto extraordinario
10/06/2019 11:01
Saludema
Hace mucho. Que no entro, me surgen algunas dudas, tras lo que comenté, he estado cobrando 2 meses de paro, en los cuales mi ex marido dijo de pasarme la mitad, yo estaba cobrando 565€, pero si en el convenio solo pone que si trabajo de media jornada me pasa la mitad, los meses de paro tendría que pasarme los 400€ acordados o la mitad como él dice? En el. Convenio no pone nada de si cobro paro me de la mitad.
Otra cuestión, hasta cuando se supone que se da una pensión alimenticia por hijos, que edades?
26/11/2019 13:04
Saludema
Hola, acabo de separarme y quisiera consultar. Hemos decidido una custodia compartida. He leído que no siempre es al 50% el pago de los gastos. Él gana 2000€ y yo 900€ ya que reduje jornada hace años por cuidado de los niños. Los niños siguen en la vivienda familiar y somos nosotros los que semanalmente nos cambiamos de hogar. Qué porcentaje de gastos corresponde pagar a cada uno? Debe pagar además algún tipo de pensión de alimentos o compensatoria? Cómo se calcula? El gasto de hipoteca, seguros y recibos también serían a porcentaje en función de ingresos de cada uno? Muchas gracias