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custodia sobrino

5 Comentarios
 
Custodia sobrino
02/12/2005 13:32
Tengo un sobrino viviendo conmigo menor de edad, estoy en proceso de obtención de la custodia estamos pendiente de que se dicte setencia. Puedo meterlo en la declaración de la renta o tengo que esperar a tener la setencia? gracias
07/12/2005 11:54
Me temo que efectivamente deberas de esperar a tener en tu poder la sentencia, sin la sentencia hace mención expresa a alguna fecha anterior a dicha sentencia, podras realizar declaraciones complementarias de IRPF de esos años.
Aunque normalmente las sentencias no tienen caracter retroactivo.
09/12/2005 13:11
muchas gracias po vuestra ayuda.
13/12/2005 13:42
En este caso, ¿no tiene validez la fecha del inicio del procedimiento de obtencion de custodia?.
¿Porque un retraso del juzgado debe influir economicamente en el ciudadano?.
Para esto, ¿no sirven los informes de los Servicios Sociales de la C.A. y para otras cosas si?.
14/12/2005 20:14
LAVO, ¿te arriesgarías a que NO te concedan la custodia y, además, tengas que devolver con intereses (e incluso posiblemente con sanción) las deducciones practicadas indebidamente?.
Prudencia. Que, en todo caso, si la sentencia lo permite, no estarán los ejercicios prescritos y, como dice MANOLO, podrás impugnar las declaraciones presentadas.
Un saludo.
18/12/2005 07:14
pide en la demanda, que el efecto de la custodia sea con la fecha tal.
custodia sobrino | PorticoLegal
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Custodia sobrino
02/12/2005 13:32
Tengo un sobrino viviendo conmigo menor de edad, estoy en proceso de obtención de la custodia estamos pendiente de que se dicte setencia. Puedo meterlo en la declaración de la renta o tengo que esperar a tener la setencia? gracias
07/12/2005 11:54
Me temo que efectivamente deberas de esperar a tener en tu poder la sentencia, sin la sentencia hace mención expresa a alguna fecha anterior a dicha sentencia, podras realizar declaraciones complementarias de IRPF de esos años.
Aunque normalmente las sentencias no tienen caracter retroactivo.
09/12/2005 13:11
muchas gracias po vuestra ayuda.
13/12/2005 13:42
En este caso, ¿no tiene validez la fecha del inicio del procedimiento de obtencion de custodia?.
¿Porque un retraso del juzgado debe influir economicamente en el ciudadano?.
Para esto, ¿no sirven los informes de los Servicios Sociales de la C.A. y para otras cosas si?.
14/12/2005 20:14
LAVO, ¿te arriesgarías a que NO te concedan la custodia y, además, tengas que devolver con intereses (e incluso posiblemente con sanción) las deducciones practicadas indebidamente?.
Prudencia. Que, en todo caso, si la sentencia lo permite, no estarán los ejercicios prescritos y, como dice MANOLO, podrás impugnar las declaraciones presentadas.
Un saludo.
18/12/2005 07:14
pide en la demanda, que el efecto de la custodia sea con la fecha tal.