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Daño inferior a 400€

7 Comentarios
 
Daño inferior a 400€
17/08/2006 00:33
Hola, quisiera saber si es denunciable a efectos de la debida restitución un daño inferior a 400€ (límite en el C.Penal), o acaso se debería reclamar por la vía Civil. Por ej., alguien te rompe el televisor; coste reparación: 180€. Si la persona culpable no quiere pagar, es posible reclamarlo judicialmente. Gracias por vuestra ayuda.
perfil :)
17/08/2006 00:46
¡¡¡Hola!!!

El hecho puede ser constitutivo de una falta de daños, y, por lo tanto, denunciable, si:

1.- Los daños se causaron de forma intencionada

2.- El autor del estropicio televisivo no es familiar tuyo. Si lo es, estará exento de responsabilidad criminal, aunque no de la civil. A no ser que en los hechos hubiere existido violencia o intimidación.

No obstante, espera ratificación/rectificación de expertos.

¡¡¡¡Saluditos!!!
17/08/2006 01:51
Hola :), ¿daños intencionales....?, es dudosa la intencionalidad, pero podría asumirse que sí lo es; y el que lo hizo no es familiar. Seguramente la penalización será reparar el daño, ¿no?. Supongo que una simple denuncia en el Juzgado de Guardia será suficiente. Gracias por contestar. Saludos.
perfil :)
17/08/2006 15:23
¡¡¡Hola otra veeez!!!

Entiendo que para apreciarse falta de daños, éstos han de haber sido causados de forma intencionada. Así se desprende del tenor literal del Art. 627.

Los daños causados por imprudencia, por ejemplo, sólo pueden ser constitutivos de delito y siempre han de superar una determinada cuantía (80.000 €).

No obstante, espera más opiniones. ¡¡¡Saludos!!!
perfil JMP
17/08/2006 15:32
Si no existe la intención de causar el daño no hay delito o falta.
perfil :)
17/08/2006 15:34
Por imprudencia grave, sí (267); y, por lo tanto, falta intención.

Pero no soy quien para discutir nada.... ¡¡¡Saludos!!!
19/08/2006 23:14
Y sin embargo se mueve...
Tienes razón, :) Puede existir el delito aunque los daños no sean intencionados, en el caso que dices.
No obstante, en el caso expuesto, los daños deben ser intencionados para que sean denunciables penalmente.
Saludos.
perfil :)
21/08/2006 16:45
Qué razón tienes, amigo Pato: e pur si muoveeeee...

¡¡¡Saluditos!!!