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De estudiante a turista....

6 Comentarios
 
De estudiante a turista....
26/05/2012 11:06
Hola, Mi nombre es Martin, soy Argentino, y actualmente estoy en Madrid estudiando con un visado de estudios con estancia de hasta 6 meses y mi intención es quedarme 1 mes mas (paseando por europa) luego de que finalice mi visado...


1. Mi visado es tipo D - con entradas multiples - con fecha de (18 enero - 27 junio)

2. Mi pasaje aereo de regreso a argentino es 31 de Julio desde españa (34 dias luego del vencimiento)

3. Tengo plata para quedarme como turista y tengo pagado un crucero con mi familia del 15 al 25 de julio.

4. y por ultimo, sabiendo que como argentino no necesito visa para ser turista

Mi pregunta
1) Yo estoy en estatus de estudiante y quiero convertirme en turista. ¿Es posible? ¿Cómo? ¿tengo que salir y entrar de la union euroea? ¿cuanto tiempo tengo que estar fuera de la union para poder volver a entrar????? ¿o no hace falta que salga y puedo hacer algun tramite? ¿cual?¿donde?

2) En caso de que no pueda quedarme como turista, ¿puedo quedarme en calidad de estudiante haciendo algun tramite que me permita estudiar un tiempo mas en la universidad? ¿cual? ¿que papeles debo presentar?


Gracias,
MArtin
26/05/2012 12:28
Hola.

1.- El visado que usted tiene, del tipo D cerrado, para estudios de hasta 6 meses, NO PUEDE SER PRORROGADO DENTRO DE ESPAÑA.

2.- El motivo es que, la situación de los estudiantes es la de estancia. Tal estancia, a la vez, varía según se trate de estancia por estudios de hasta 6 meses de duración o estancia por estudios de más de 6 meses. Cuando es estancia por estudios de hasta 6 meses de duración, la nota característica es que no es necesario que el extranjero obtenga tarjeta de identidad de extranjero, siendo suficiente el visado concedido en origen. Y como ha sido concedido por el máximo de tiempo que una persona puede estar en territorio de la Unión Europea en situación de estancia en un año, no puede ya ser prorrogado y la persona, una vez caducado, pasará a hallarse en una situación de salida obligatoria (que no es situación irregular, sino un estatus transitorio, en el cual, ante la carencia de un título o autorización para la permanencia del extranjero en territorio de la Unión Europea, su salida se torna necesaria y solo transcurrido el plazo fijado para que ella se produzca, será cuando el extranjero pasará a encontrarse en situación irregular, que ya constituirá una infracción administrativa). Este tipo de visado no permite obtener la tarjeta de identidad de extranjero, ya que no es necesario. Pero, en cambio, sí permite obtener un Número de Identidad de Extranjero (NIE):

http://extranjeros.empleo.gob.es/es/InformacionInteres/InformacionProcedimientos/documentos2/97.pdf

NOTA.- No confundir el NIE, Número de Identidad de Extranjero, que es solo un número y nada más, con una autorización de residencia en España, que solo se concede mediante una resolución administrativa expedida por el Subdelegado del Gobierno en la provincia. Y tampoco conviene confundirlo con la tarjeta de identidad de extranjero, que es un documento, que expiden las Comisarías del Cuerpo Nacional de Policía, para lo cual, es necesario que se cuente con una resolución administrativa que conceda una autorización de residencia o una autorización de estancia por estudios superior a los 6 meses.

Es decir, tener un NIE, no equivale, necesariamente, a tener una autorización de residencia en España, ni mucho menos, a tener una tarjeta de identidad de extranjero y por sí solo, no confiere derecho a obtener lo uno o lo otro.

Se puede tener NIE y en cambio no tener autorización de residencia en España (por ejemplo, a las personas que se encuentran en situación irregular y se les inicia un procedimiento administrativo sancionador, se les asigna NIE; lo propio a las personas extranjeras que están indocumentadas y solicitan ser documentadas por España, mediante la expedición de una cédula de inscripción).


En el caso del visado de estudios que van a durar más de 6 meses, el tipo D abierto, el extranjero sí está obligado a solicitar tarjeta de identidad de extranjero, en el plazo de un mes, desde su entrada en España y éste sí, puede ser prorrogado si se acredita, transcurrido el tiempo para el que ha sido concedido, que sigue hallándose en el supuesto que motivó su concesión inicial.

3.- Al caducar su visado de estudios, pasará a hallarse en la situación de salida obligatoria, que, al no tener resolución expresa que disponga plazo diferente, debe entender que el plazo con el que contará para abandonar territorio español es de 15 días. Sin embargo, en caso de que concurran circunstancias excepcionales y se cuente con recursos suficientes, se puede solicitar prórroga del plazo para abandonar España, que puede concederse hasta por 90 días, pero, en este caso, solo permite estar en España, no circular por el resto del espacio de Schengen (normalmente, en esta situación están personas que deben finiquitar asuntos particulares antes de irse, asuntos que no pueden hacerse por medio de apoderado o que no cuentan con nadie dispuesto a representarlos en España).

4.- No olvide que usted YA ESTÁ dentro del territorio de la Unión Europea y del espacio de Schengen. Y está en situación de estancia (la misma en la que, normalmente, están los turistas), solo que su estancia es especial o calificada: estancia de larga duración, por estudios, pero limitada a los 6 meses. Mientras su visa esté en vigor, puede circular por el espacio de Schengen libremente, pero cuando caduque, ya no podrá hacerlo y se arriesga a que, en otro Estado miembro, en el caso de que se le requiera identificarse y se constate que su visado está caducado, se le inicie un procedimiento administrativo sancionador, que tenga por objeto su expulsión del espacio de Schengen.

5.- El visado que usted tiene, es improrrogable y tampoco puede modificarse estando en España. Por eso, se le recomienda a los estudiantes que, en la medida de lo posible, busquen estudios que duren más de 6 meses, para que tengan que solicitar la tarjeta de identidad de extranjero (que suele tener validez de un año) y así no se vean en esta situación.

Un cordial saludo.
26/05/2012 13:00
Hola! Desde ya muchísimas gracias por el tiempo y la respuesta brindada.

Entiendo entonces que:
1) no puedo pedir extension de visa
2) circular con visa vencida es riesgoso porque si me piden documentos me harian abandonar el territorio shengen dentro de los 15 dias

PERO, no logro entender lo siguiente:

a) Si mi visa vence el 27 de junio y ese mismo dia me tomo un avion a africa y me quedo 3 dias y luego me tomo un avion a europa..................... ¿me van a dejar entrar como turista si es que TENGO PLATA, hoteles pagos y pasaje de regreso a argentina???
habiendo estado previamente 6 meses visado y a su vez sabiendo que no necesito visa para ser turista por ser argentino....puedo volver a entrar? o cuanto tiempo tengo que estar fuera de uuee para poder volver a entrar?


gracias de nuevo
26/05/2012 18:26
por cierto, ya me recorri oficina de policia, extranjeria, consulado, union europea y no consegui respuestas----
22/06/2012 01:04
hola tujamon, yo voy a hacer lo mismo, me lo dijeron en el consulado de españa, fijate que encima yo me voy a quedar como turista para terminar mi beca, es injusto pero real, me deberían dejar quedarme.
andate a marruecos o a inglaterra, antes de que se te termine tu visa, y volvé como turista cuando la visa se venció. esto es válido ahora, tengo un informe del 11 de junio de 2011 de la direcció general de la policía y guardia civil de madrid.
lo que no estoy segura, es hasta cuando podes quedarte antes del vencimiento, porque cada visa tiene un día de fin, que muchas veces no coincide con los 180 días 15 que te dan para que salgas.
suerte!

26/09/2012 10:58
hola chicos estoy en la misma situacion. mi visa vence el 1 de noviembre y pensaba ir a marruecos y volver el 2.
Trujaman que hiciste? como te fue? puedo salur y volver a entrar como turista?
solo necesito quedarme 1 mes y medio mas para terminar parte de mis estudios y volver a aargentina a extender el visado.
espero su respuesat o de los abogados
gracias
15/01/2014 09:01
Hola, por favor necesito su ayuda. mi NIE vence el 30 de marzo de 2014, y entre el 30 de marzo de 201e a Espana, realice un mía, quiero quedarme 3 meses mas viajando. que puedo hacer para poder permanecer mas tiempo en Espana?...con el vencimiento de mi NIE puedo solicitar visado de turista?, también estoy pensando en pagar un curros así sea peque;o de 3 meses para justificar mi estancia y me renueven mi NIE, es eso posible? claro esta un curso relacionado con el mba que estudie. agradezco su información.