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De funcionario de carrera a funcionario laboral?

4 Comentarios
 
De funcionario de carrera a funcionario laboral?
26/03/2011 11:26
Hola. Me gustaria saber si es posible que a un funcionario de carrera a través de una Regulación de Puestos de Trabajo pase a ser funcionario Laboral. Y porque razón se puede dar dicha situación.
Es necesaria la notificación de dicho cambio de relación jurídica al trabajador?

Gracias de antemano.
Un saludo.
26/03/2011 11:46
Rectifico: *Revalorización de Puestos de Trabajo*
31/03/2011 22:26
Eso que Vd. comenta, no puede ser. Bueno, rectifico, lo que es poder sí que se puede porque los Césares de la Administración, sobre todo la local, todo lo pueden en los tiempos que vivimos. Pero hoy por hoy el funcionario laboral no existe.

¡Quién sabe lo que nos traerá la futura Ley de la Función Pública!

Un saludo.
08/04/2011 22:11
Yo creo que no.

La diferencia entre funcionario, de carrera o no, y un laboral, es la ley por la que se rigen, régimen administrativo o el régimen laboral general. Pero los contratados laborales fijos de la Administración no tienen la consideración de funcionarios, lo que dice fanotron, no existen funcionarios laborales...

Otro caso es que las Administraciones suelen ofertar el paso de ser laborales fijos a ser funcionarios a ciertos colectivos, en masa, pero siempre es voluntario.

Otra cosa es el régimen de Seguridad Social o Montepíos, es decir todas contingencias sanitarias, familiares, etc, en el que se incluyen en el momento de su toma de posesión.

Es este caso antes todos los funcionarios entraban en los famosos Montepíos; luego los diferentes Gobiernos decidieron que se les incluía en la SS.SS y venía otro Gobierno y los metía otra vez en los distintos Montepíos...

Desde 1992 todos los funcionarios entran con el Régimen de la Seguridad Social, pero siguen sometidos al Derecho Administrativo.

En las diversas Administraciones se han ido haciendo ofertas para pasar, a los que permanecen en los Montepíos, a la Seguridad Social, pero siguen siendo funcionarios sometidos al régimen administrativo.

Pasar al Régimen de la Seguridas Social no significa pasar a ser trabajador laboral de la Administación.
27/05/2011 16:01
Algo muy parecido me ha pasado a mí. Pueden hacer lo que les da la gana. Primero, tienes que saber el suficiente Derecho Administrativo para poder enterarte de que es lo que te han hecho. Después, procuras ganar el contencioso, que no siempre es fácil porque el Abogado del Estado suele alegar que tu has sido consentidor.
Me gustaría ponerme en contacto con PereJ porque mi caso es muy similar.
Ten cuidado, porque a lo mejor no es una plaza de personal laboral, sino no escalafonada, muchísimo más peligroso que las plazas de laboral. A mí me han cesado en una provincia y no me han dado la toma de posesión en la otra. ¿Cómo lo ves?