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Deber horas a la empresa

22 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 22 comentarios
Deber horas a la empresa
23/04/2018 15:49
Hola llevo tres mese en una empresa estoy contratada 20h semanales, pero solo ago 18, mi jefe me reclama las horas que le debo y quiere obligarme a hacer horas complememtarias para pagarle de alguna manera las horas que debo.
Eso es legal?? Se puede hacer??
24/04/2018 08:28
Loliyah
Si usted está contratada por 20 horas por qué hace 18? No veo el sentido a hacer horas de menos y luego compensarlas.
24/04/2018 12:03
Loliyah
Si la empresa le contrata por 20 h usted tiene que hacer 20 h y la empresa darle ocupación por esas 20 h, si durante semanas ha ido acumulando un déficit de 2 h/sem es problema de la empresa, que. Le hubiese contratado por 18 h o le hubiese dado destino para las 20, lo que no es de recibo es que. Acumule horas y ahora pretendan que trabaje por ej fines de semana para recuperar esas horas.
24/04/2018 12:03
Loliyah
Si la empresa le contrata por 20 h usted tiene que hacer 20 h y la empresa darle ocupación por esas 20 h, si durante semanas ha ido acumulando un déficit de 2 h/sem es problema de la empresa, que. Le hubiese contratado por 18 h o le hubiese dado destino para las 20, lo que no es de recibo es que. Acumule horas y ahora pretendan que trabaje por ej fines de semana para recuperar esas horas.
28/10/2019 11:49
Loliyah
Buenas a fecha de octubre 2019 me pide la empresa 90 h del año 2018 de déficit yo tengo contrato a20 h y a principios del 2018 solicite una reducción de 16h por guardia legal no la firme hasta enero 2019 pero en los horarios si me lo habían hecho pero seguí cobrando a 20 h hasta que firme y ahora me dicen que debo las horas que ellos me habían reducido pero no me habían arreglado los papeles. Mi pregunta es . Las debo o no estoy obligada a devolverlas
28/10/2019 12:51
Magacam
Pues si no le hicieron los papeles es problema de ellos, en cuanto a esa acumulación de horas seguramente su convenio recoja una jornada irregular que debe ajustarse al año y como mucho fijará un plazo de los 4 primeros meses del año 2019 para ajustar esa jornada ya que ese déficit de jornada pertenece al 2018, por lo que entiendo que si se acuerdan ahora en octubre del 2019 ya vayan tarde acuda a un sindicato y que se miren
26/07/2020 01:55
Hola, trabajo en una empresa de servicios contratado a jornada completa con una jornada irregular. Durante lo que va de año he ido acumulando hora en negativo 30h e incluso me han mandado a otros sitios a cubrir mas horas. Recientemente hemos sido subrogados
art 44 et ya que por convenio no esta regulado, por otra empresa y ahora la empresa saliente al pagarme la nomina de finiquito me descuentan esas 30h alegando que son horas que debia y que tengo que devolver. Mi pregunta es.. es legal que me descuenten esas horas siendo culpa suya no haberme dado horas suficientes? un saludo
26/07/2020 06:42
aitor90
Vera esto es típico del sector de Seg Privada, por cierto en dicho sector si existe el echo de subrogacion, no obstante a usted le afecta el art 44 ET sobre sucesión de empresas, bueno no me enrollo más.
Vera en personal con cuadrante anual y jornada irregular, (por ej para cubrir periodos vacacionales entre los trabajadores y no tener que contratar), los meses bajos, (en los que no hay periodo vacacional), se descansa más días acumulando por ello un déficit de jornada, que como usted bien dice no es problema del trabajador, en el artículo sobre sucesiones lo deja bien claro, ambas empresas, (entrante y saliente) serán subsidiarias y al trabajador en una subrogación no debe afectarle para nada, es decir, la empresa saliente debe finiquitar las extras y nada más, (bueno la última nómina por supuesto), suelen meterse con las vacaciones y con esos defectos jornada, porque sies al revés, que tenga exceso de jornada ni la saliente se lo va a retribuir ni la entrante se va a hacer cargo, bueno pues esto no es así deben regularizar a casa trabajador y mantener tanto la jornada como las vacaciones, como le digo éste es un problema típico del sector de Seg Privada y hay infinidad de demandas al respecto y por supuesto ganadas.
Acuda a un sindicato de su ciudad, pide que le pasen con la federación en la que esté incluido el sector de Seg Privada y consulte esto mismo, le resolverán el asunto.
smo
03/08/2020 08:24
Buenos días,
Yo estoy contratada a 40 horas semanales. Tras el ERTE por el covid, mi jefe me cambió el horario para ajustarlo al horario de verano que tiene la tienda. Tengo jornada partida. Yo creía que el nuevo horario también era de cuarenta horas, porque me lo explicó (culpa mía por no verificarlo).
Ahora me ha venido que he estado haciendo horas de menos. 37 en vez de 40 y como son dos meses más una semana de agosto debo 30 horas a la empresa.
Mi duda es hasta que punto es legal esto y, si cuando yo debo horas es mi jefe quién decide si me da el dinero o si me da tiempo de descanso ¿Con las horas que debo puedo elegir yo pagarlas en vez de tener que trabajarlas? Un saludo.
03/08/2020 09:21
Las empresas suelen ajustar, de acuerdo con los trabajadores una jornada inferior en verano que se recupera el resto del año, si como dice lleva los meses de junio y julio y lo que va de agosto son 9 semanas, esto a 3 h/sem suponen 27 y no 37 h de déficit, como ya comenté suele haber una jornada irregular de un 10 % del total de h/año, como normalmente se trabaja al año una media de 45,65 sem/año a 40 h esto sería el máximo de jornada anual 1826,27 h/año con lo que el10 % de esa jornada irregular sería 183 h/año de jornada irregular, esta jornada irregular a final de año se tiene que quedar en la jornada anual, osea esas 1826 h por lo que se puede jugar con hacer unos meses más horas y otros menos pero a final de año tiene que hacer esa jornada, (o la que indique su convenio que no nos dice usted cual es), la empresa haga usted más o menos horas cada mes le debe abonar la misma nómina, no le puede pagar de menos y debe recuperar la jornada, a su vez usted tampoco puede abonarle ese defecto de jornada.
smo
12/05/2022 01:04
Hola! Trabajo en una tienda, tenia un contrato de 22h semanales. Apareció la pandemia y me dijeron que fuera a casa que no me preocupara por nada.
Mi compañera se fue y me dijeron que tenía q recuperar las horas, debía unas 400horas y me puse a recuperarlas y ahora me quedan 70 y ya ha pasado casi 2 años. Hasta qué punto es legal esto y que me obliguen a echar esas horas?
Un saludo
12/05/2022 08:59
Dice usted "mi compañera se fue..." Y qué tiene que ver su compañera en esta historia?
Era su superiora y quién le dijo que no tendría problemas, que no se preocupara?

Bueno con independencia de las respuestas a mis preguntas, nos dice usted que lleva dos años recuperando esas horas por lo que en presumo que esto ocurrió sobre marzo del 2020 cuando nos encerraron a todos, bien pues la empresa durante el resto del año 2020 debió distribuir la jornada para que usted recuperase esas horas, es más solo tendría que recuperar las correspondientes a una jornada irregular en cuyo convenio, si indica por ej. que tiene que realizar 1800 h/año, con la jornada irregular del 10 % que marca el ET, esto querría decir que la empresa podría acumular un máximo de 180 h/año para recuperar, así que para empezar, solo tendría que haber recuperado 180 h pero es que además si durante el 2020 no pudo recuperar esas horas a partir del 2021 no tendría usted que haber recuperado ninguna más, (o como mucho, según cada conv colect. hasta el primer trimestre del 2021) y estamos hablando de que estamos en mayo del 2022.
Acuda a un sindicato pregunté por la federación de comercio y ahí le dirán cómo debe actuar.
smo
21/02/2023 23:12
He estado trabajando durante año y medio en una empresa la cual ha sido absorbida por otra.
Mi contrato es y era de auxiliar administrativo, 40 horas por semana.
Me especifican antes de incorporarme y vía correo que el horario es de Jornada completa, de 9h - 18h de L-J y los viernes de 9h-15h. Al igual que todos mis compañeros de oficina.
Salario mínimo interprofesional.
Vacaciones 23 días hábiles anuales.

Con el nuevo contrato, me dicen que he estado haciendo menos horas a la semana, 2 horas menos. Es decir 38h.
Y que ahora tengo que cambiar mi horario, o bajar las horas de trabajo a 38h (con el mismo sueldo).
No quiero cambiar mi horario, quiero que respeten el que ya tenía, y tampoco cotizar menos días de trabajo. Sólo quiero quedarme igual, con las mismas condiciones.


¿ Qué hago?
¿ Estoy obligada a aceptar cuando me quieren cambiar las condiciones?

Gracias
21/02/2023 23:43
SofiaLeon
No, no está usted obligada, lo que ha sucedido es que una empresa absorbió a otra y que usted al estar empleada en lla empresa absorbida pasa a formar plantilla de la empresa absorbente, casualmente usted debe ser absorbida y esto significa dcho de subrogación o si esto no viene en el convenio tiene el art 44 ET sobre sucesión de empresas por lo que usted pasa a formar parte de la nueva empresa con los dichos de , aplicación de convenio, salarios, jornada, etc que teni en du anterior empresa.
El problema es que dice usted que con el nuevo cto, qué nuevo cto? Es que firmó usted algún cto? En una subrogación el trabajador no debe firmar ni aceptar ningún cambio ni ningún cto, como mucho firmar el recibí de una nota informativa de la nueva empresa de que pasa usted a formar parte de la plantilla de esta nueva empresa, pero si firmó un nuevo cto pues se la habrán metido doblada, sería como si empezase con este empresa de cero en horarios, antigüedad, etc, vamos todos los dchos que tenía con su anterior empresa.
24/03/2023 20:09
Hola,llevo 15 años con turnos de 7 trabajo y 7 descansos,trabajo fin de semana y festivos que me tocan.Las vacaciones las meten en descansos al igual que los dias de libre disposicion.Nos faltan 200 horas para el computo anual.Y ahora nos dicen que tenemos que hacerlas ampliando el turno de trabajo..cuando llevamos 15 años debiendo horas y nunca han dicho nada.Pero a partir de ahora hay que echarlas.
24/03/2023 23:35
En ppio usted debe ajustar la jornada al cómputo anual que figure en su convenio, (el convenio tras su firma se convierte en ley), no obstante, ante la ausencia de ley opera la costumbre, como hay ley por aquí no hay nada que hacer, sin embargo si llevan 15 años haciendo esa jornada con menos de 200 h/año pueden acogerse a esa mejora voluntaria realizada en estos años por la empresa, yo de ustedes demandaría ante el Juzgado de lo Social, el no ya lo tienen y por contra podrían conseguir una sts que les reconozca esa jornada con 299 h menos.
smo
25/03/2023 08:10
Jamgrrhh28
Muchas gracias por su respuesta,entiendo que todo este cambio deberia de darmelo por escrito ,o puede hacerlo de verbal?
11/04/2023 06:49
Hola buenos días, trabajo en una empresa a turnos, el año pasado se nos dio un calendario cerrado , no falte ningún día al trabajo, viniendo incluso las vacaciones marcadas en ese calendario que se nos dio,por convenio trabaje un día menos de lo estipulado.
Pues bien, quieren obligarnos a devolver ese tiempo con horas extras, pueden hacerlo??
11/04/2023 14:29
Danialc, no había visto su última consulta hasta hoy, verá lo que pretende hacer la empresa es una MSCT arte 41 ET, pero para desarrollar el procedimiento de éste artículo existen unos plazos y un modo de notificación, (un mes antes de proceder el cambio y de forma escrita/, de no cumplirse estos trámites ya se estaría iniciando mal el procedimiento, por lo que ustedes, si de la noche a la mañana comienzan a ejercer esa orden sin haberse desarrollado bien el procedimiento de notificación, pueden ustedes acudir al Juzgado de lo Social e impugnar dicha MSCT y el Juez le dará la razón a ustedes por no cumplir con el procedimiento.

Ritaen, y usted de que se asombra? Tal y como lo expresa tiene toda la razón la empresa, usted tiene un convenio ( X, que no nos dice cuál es), en el que se recoge la jornada anual a realizar, esa jornada se distribuye en un cuadrante o calendario, (en el que parece ser que se cubren entre ustedes las vacaciones, esto es normal en calendarios o cuadrantes), en este calendario dice que tiene que hacer usted X h de trabajo repartidas en tantos dias y nos dice que hicieron, (no sé si usted o todos los trabajadores), un día de menos y entonces la empresa les exige que lo devuelvan en h.extras.bien pues en todo esto tiene razón la empresa.
Ahora bien, no explica usted el asunto correctamente, no da la información suficiente... verá, no nos dice cuál es el convenio a aplicar ni la jornada anual que indica este, no nos dice porqué hizo un día de menos? Se me ocurren tres motivos, 1 porque la empresa haya cerrado un día X al año por fuerza mayor, (por ej un corte eléctrico que impidiese funcionar a las máquinas por lo que no es necesaria la presencia de los trabajadores) aquí, habría que recuperarlo porque no es imputable a la empresa el motivo del cierre, 2 Porque a capricho de la empresa cierra un día para la celebración de algún acto o acontecimiento, aquí es la empresa quién se la envaina, es decir quién se como el marrón de esa jornada, 3 y la más probable, porque tengan ustedes un calendario o cuadrante anual por el que por la distribución de los días u horas de trabajo durante los 365 días del año, no se llegue a cubrir el cómputo anual y faltandoles a todos los trabajadores un día de trabajo para cumplir con la jornada anual, bien aquí dependiendo de la actividad, (es decir en qué trabaja, hay sectores que se pueden recuperar y hay otros que no), si se pueden recuperar, por ej, yendo a trabajar un día al año con un descanso pues se recupera, si no se puede recuperar en el año, los convenios fijan el plazo a recuperar en el año ss, (como no sabemos cuál es ese convenio ..), luego dice usted que ahora la empresa quiere que devuelvan esa jornada en h.extra, bien esto es otro error por su parte, en un calendario o cuadrante anual no se comienza a hacer h. extra hasta que no se realiza el num h que indica el convenio por lo que si tiene un cuadrante con X num de h y trabaja un día menos de la jornada anual establecida en el convenio pues entonces es imposible que la empresa les cobre ese día en h.e. porque di te ctamente no hacen ustedes h.e.
Así que para poder responder a su pregunta debe decirnos:
El convenio colectivo de aplicación
El num horas año que indica este convenio
El num h que indica el cuadrante o calendario anual.
La actividad de la empresa para ver si el trabajo es a turnos rotativos y si se puede trabajar en otro lugar fuera de esos turnos.
Y no lo olvide, en cómputo anual no se comienzan a hacer h e. hasta no haber cubierto la jornada marcada en el convenio.
22/05/2023 17:37
Hola buenas, llevo 2 años en l empresa del Telepizza , mis horas son de 60 al mes, (una vergüenza lo sé)
El problema esque la empresa lleva 2 o 3 meses haciendo que llegue a 50 a 55 horas al mes , haciendo que deba horas para el siguiente mes , les digo que quiero echar mis horas no quedando debiendo horas cada dos por tres porque luego el mes que hago algo de más me las descuentan , que puedo hacer ? Por mucho que se lo diga a los encargados dice que no pueden hacer nada
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Deber horas a la empresa
23/04/2018 15:49
Hola llevo tres mese en una empresa estoy contratada 20h semanales, pero solo ago 18, mi jefe me reclama las horas que le debo y quiere obligarme a hacer horas complememtarias para pagarle de alguna manera las horas que debo.
Eso es legal?? Se puede hacer??
24/04/2018 08:28
Loliyah
Si usted está contratada por 20 horas por qué hace 18? No veo el sentido a hacer horas de menos y luego compensarlas.
24/04/2018 12:03
Loliyah
Si la empresa le contrata por 20 h usted tiene que hacer 20 h y la empresa darle ocupación por esas 20 h, si durante semanas ha ido acumulando un déficit de 2 h/sem es problema de la empresa, que. Le hubiese contratado por 18 h o le hubiese dado destino para las 20, lo que no es de recibo es que. Acumule horas y ahora pretendan que trabaje por ej fines de semana para recuperar esas horas.
24/04/2018 12:03
Loliyah
Si la empresa le contrata por 20 h usted tiene que hacer 20 h y la empresa darle ocupación por esas 20 h, si durante semanas ha ido acumulando un déficit de 2 h/sem es problema de la empresa, que. Le hubiese contratado por 18 h o le hubiese dado destino para las 20, lo que no es de recibo es que. Acumule horas y ahora pretendan que trabaje por ej fines de semana para recuperar esas horas.
28/10/2019 11:49
Loliyah
Buenas a fecha de octubre 2019 me pide la empresa 90 h del año 2018 de déficit yo tengo contrato a20 h y a principios del 2018 solicite una reducción de 16h por guardia legal no la firme hasta enero 2019 pero en los horarios si me lo habían hecho pero seguí cobrando a 20 h hasta que firme y ahora me dicen que debo las horas que ellos me habían reducido pero no me habían arreglado los papeles. Mi pregunta es . Las debo o no estoy obligada a devolverlas
28/10/2019 12:51
Magacam
Pues si no le hicieron los papeles es problema de ellos, en cuanto a esa acumulación de horas seguramente su convenio recoja una jornada irregular que debe ajustarse al año y como mucho fijará un plazo de los 4 primeros meses del año 2019 para ajustar esa jornada ya que ese déficit de jornada pertenece al 2018, por lo que entiendo que si se acuerdan ahora en octubre del 2019 ya vayan tarde acuda a un sindicato y que se miren
26/07/2020 01:55
Hola, trabajo en una empresa de servicios contratado a jornada completa con una jornada irregular. Durante lo que va de año he ido acumulando hora en negativo 30h e incluso me han mandado a otros sitios a cubrir mas horas. Recientemente hemos sido subrogados
art 44 et ya que por convenio no esta regulado, por otra empresa y ahora la empresa saliente al pagarme la nomina de finiquito me descuentan esas 30h alegando que son horas que debia y que tengo que devolver. Mi pregunta es.. es legal que me descuenten esas horas siendo culpa suya no haberme dado horas suficientes? un saludo
26/07/2020 06:42
aitor90
Vera esto es típico del sector de Seg Privada, por cierto en dicho sector si existe el echo de subrogacion, no obstante a usted le afecta el art 44 ET sobre sucesión de empresas, bueno no me enrollo más.
Vera en personal con cuadrante anual y jornada irregular, (por ej para cubrir periodos vacacionales entre los trabajadores y no tener que contratar), los meses bajos, (en los que no hay periodo vacacional), se descansa más días acumulando por ello un déficit de jornada, que como usted bien dice no es problema del trabajador, en el artículo sobre sucesiones lo deja bien claro, ambas empresas, (entrante y saliente) serán subsidiarias y al trabajador en una subrogación no debe afectarle para nada, es decir, la empresa saliente debe finiquitar las extras y nada más, (bueno la última nómina por supuesto), suelen meterse con las vacaciones y con esos defectos jornada, porque sies al revés, que tenga exceso de jornada ni la saliente se lo va a retribuir ni la entrante se va a hacer cargo, bueno pues esto no es así deben regularizar a casa trabajador y mantener tanto la jornada como las vacaciones, como le digo éste es un problema típico del sector de Seg Privada y hay infinidad de demandas al respecto y por supuesto ganadas.
Acuda a un sindicato de su ciudad, pide que le pasen con la federación en la que esté incluido el sector de Seg Privada y consulte esto mismo, le resolverán el asunto.
smo
03/08/2020 08:24
Buenos días,
Yo estoy contratada a 40 horas semanales. Tras el ERTE por el covid, mi jefe me cambió el horario para ajustarlo al horario de verano que tiene la tienda. Tengo jornada partida. Yo creía que el nuevo horario también era de cuarenta horas, porque me lo explicó (culpa mía por no verificarlo).
Ahora me ha venido que he estado haciendo horas de menos. 37 en vez de 40 y como son dos meses más una semana de agosto debo 30 horas a la empresa.
Mi duda es hasta que punto es legal esto y, si cuando yo debo horas es mi jefe quién decide si me da el dinero o si me da tiempo de descanso ¿Con las horas que debo puedo elegir yo pagarlas en vez de tener que trabajarlas? Un saludo.
03/08/2020 09:21
Las empresas suelen ajustar, de acuerdo con los trabajadores una jornada inferior en verano que se recupera el resto del año, si como dice lleva los meses de junio y julio y lo que va de agosto son 9 semanas, esto a 3 h/sem suponen 27 y no 37 h de déficit, como ya comenté suele haber una jornada irregular de un 10 % del total de h/año, como normalmente se trabaja al año una media de 45,65 sem/año a 40 h esto sería el máximo de jornada anual 1826,27 h/año con lo que el10 % de esa jornada irregular sería 183 h/año de jornada irregular, esta jornada irregular a final de año se tiene que quedar en la jornada anual, osea esas 1826 h por lo que se puede jugar con hacer unos meses más horas y otros menos pero a final de año tiene que hacer esa jornada, (o la que indique su convenio que no nos dice usted cual es), la empresa haga usted más o menos horas cada mes le debe abonar la misma nómina, no le puede pagar de menos y debe recuperar la jornada, a su vez usted tampoco puede abonarle ese defecto de jornada.
smo
12/05/2022 01:04
Hola! Trabajo en una tienda, tenia un contrato de 22h semanales. Apareció la pandemia y me dijeron que fuera a casa que no me preocupara por nada.
Mi compañera se fue y me dijeron que tenía q recuperar las horas, debía unas 400horas y me puse a recuperarlas y ahora me quedan 70 y ya ha pasado casi 2 años. Hasta qué punto es legal esto y que me obliguen a echar esas horas?
Un saludo
12/05/2022 08:59
Dice usted "mi compañera se fue..." Y qué tiene que ver su compañera en esta historia?
Era su superiora y quién le dijo que no tendría problemas, que no se preocupara?

Bueno con independencia de las respuestas a mis preguntas, nos dice usted que lleva dos años recuperando esas horas por lo que en presumo que esto ocurrió sobre marzo del 2020 cuando nos encerraron a todos, bien pues la empresa durante el resto del año 2020 debió distribuir la jornada para que usted recuperase esas horas, es más solo tendría que recuperar las correspondientes a una jornada irregular en cuyo convenio, si indica por ej. que tiene que realizar 1800 h/año, con la jornada irregular del 10 % que marca el ET, esto querría decir que la empresa podría acumular un máximo de 180 h/año para recuperar, así que para empezar, solo tendría que haber recuperado 180 h pero es que además si durante el 2020 no pudo recuperar esas horas a partir del 2021 no tendría usted que haber recuperado ninguna más, (o como mucho, según cada conv colect. hasta el primer trimestre del 2021) y estamos hablando de que estamos en mayo del 2022.
Acuda a un sindicato pregunté por la federación de comercio y ahí le dirán cómo debe actuar.
smo
21/02/2023 23:12
He estado trabajando durante año y medio en una empresa la cual ha sido absorbida por otra.
Mi contrato es y era de auxiliar administrativo, 40 horas por semana.
Me especifican antes de incorporarme y vía correo que el horario es de Jornada completa, de 9h - 18h de L-J y los viernes de 9h-15h. Al igual que todos mis compañeros de oficina.
Salario mínimo interprofesional.
Vacaciones 23 días hábiles anuales.

Con el nuevo contrato, me dicen que he estado haciendo menos horas a la semana, 2 horas menos. Es decir 38h.
Y que ahora tengo que cambiar mi horario, o bajar las horas de trabajo a 38h (con el mismo sueldo).
No quiero cambiar mi horario, quiero que respeten el que ya tenía, y tampoco cotizar menos días de trabajo. Sólo quiero quedarme igual, con las mismas condiciones.


¿ Qué hago?
¿ Estoy obligada a aceptar cuando me quieren cambiar las condiciones?

Gracias
21/02/2023 23:43
SofiaLeon
No, no está usted obligada, lo que ha sucedido es que una empresa absorbió a otra y que usted al estar empleada en lla empresa absorbida pasa a formar plantilla de la empresa absorbente, casualmente usted debe ser absorbida y esto significa dcho de subrogación o si esto no viene en el convenio tiene el art 44 ET sobre sucesión de empresas por lo que usted pasa a formar parte de la nueva empresa con los dichos de , aplicación de convenio, salarios, jornada, etc que teni en du anterior empresa.
El problema es que dice usted que con el nuevo cto, qué nuevo cto? Es que firmó usted algún cto? En una subrogación el trabajador no debe firmar ni aceptar ningún cambio ni ningún cto, como mucho firmar el recibí de una nota informativa de la nueva empresa de que pasa usted a formar parte de la plantilla de esta nueva empresa, pero si firmó un nuevo cto pues se la habrán metido doblada, sería como si empezase con este empresa de cero en horarios, antigüedad, etc, vamos todos los dchos que tenía con su anterior empresa.
24/03/2023 20:09
Hola,llevo 15 años con turnos de 7 trabajo y 7 descansos,trabajo fin de semana y festivos que me tocan.Las vacaciones las meten en descansos al igual que los dias de libre disposicion.Nos faltan 200 horas para el computo anual.Y ahora nos dicen que tenemos que hacerlas ampliando el turno de trabajo..cuando llevamos 15 años debiendo horas y nunca han dicho nada.Pero a partir de ahora hay que echarlas.
24/03/2023 23:35
En ppio usted debe ajustar la jornada al cómputo anual que figure en su convenio, (el convenio tras su firma se convierte en ley), no obstante, ante la ausencia de ley opera la costumbre, como hay ley por aquí no hay nada que hacer, sin embargo si llevan 15 años haciendo esa jornada con menos de 200 h/año pueden acogerse a esa mejora voluntaria realizada en estos años por la empresa, yo de ustedes demandaría ante el Juzgado de lo Social, el no ya lo tienen y por contra podrían conseguir una sts que les reconozca esa jornada con 299 h menos.
smo
25/03/2023 08:10
Jamgrrhh28
Muchas gracias por su respuesta,entiendo que todo este cambio deberia de darmelo por escrito ,o puede hacerlo de verbal?
11/04/2023 06:49
Hola buenos días, trabajo en una empresa a turnos, el año pasado se nos dio un calendario cerrado , no falte ningún día al trabajo, viniendo incluso las vacaciones marcadas en ese calendario que se nos dio,por convenio trabaje un día menos de lo estipulado.
Pues bien, quieren obligarnos a devolver ese tiempo con horas extras, pueden hacerlo??
11/04/2023 14:29
Danialc, no había visto su última consulta hasta hoy, verá lo que pretende hacer la empresa es una MSCT arte 41 ET, pero para desarrollar el procedimiento de éste artículo existen unos plazos y un modo de notificación, (un mes antes de proceder el cambio y de forma escrita/, de no cumplirse estos trámites ya se estaría iniciando mal el procedimiento, por lo que ustedes, si de la noche a la mañana comienzan a ejercer esa orden sin haberse desarrollado bien el procedimiento de notificación, pueden ustedes acudir al Juzgado de lo Social e impugnar dicha MSCT y el Juez le dará la razón a ustedes por no cumplir con el procedimiento.

Ritaen, y usted de que se asombra? Tal y como lo expresa tiene toda la razón la empresa, usted tiene un convenio ( X, que no nos dice cuál es), en el que se recoge la jornada anual a realizar, esa jornada se distribuye en un cuadrante o calendario, (en el que parece ser que se cubren entre ustedes las vacaciones, esto es normal en calendarios o cuadrantes), en este calendario dice que tiene que hacer usted X h de trabajo repartidas en tantos dias y nos dice que hicieron, (no sé si usted o todos los trabajadores), un día de menos y entonces la empresa les exige que lo devuelvan en h.extras.bien pues en todo esto tiene razón la empresa.
Ahora bien, no explica usted el asunto correctamente, no da la información suficiente... verá, no nos dice cuál es el convenio a aplicar ni la jornada anual que indica este, no nos dice porqué hizo un día de menos? Se me ocurren tres motivos, 1 porque la empresa haya cerrado un día X al año por fuerza mayor, (por ej un corte eléctrico que impidiese funcionar a las máquinas por lo que no es necesaria la presencia de los trabajadores) aquí, habría que recuperarlo porque no es imputable a la empresa el motivo del cierre, 2 Porque a capricho de la empresa cierra un día para la celebración de algún acto o acontecimiento, aquí es la empresa quién se la envaina, es decir quién se como el marrón de esa jornada, 3 y la más probable, porque tengan ustedes un calendario o cuadrante anual por el que por la distribución de los días u horas de trabajo durante los 365 días del año, no se llegue a cubrir el cómputo anual y faltandoles a todos los trabajadores un día de trabajo para cumplir con la jornada anual, bien aquí dependiendo de la actividad, (es decir en qué trabaja, hay sectores que se pueden recuperar y hay otros que no), si se pueden recuperar, por ej, yendo a trabajar un día al año con un descanso pues se recupera, si no se puede recuperar en el año, los convenios fijan el plazo a recuperar en el año ss, (como no sabemos cuál es ese convenio ..), luego dice usted que ahora la empresa quiere que devuelvan esa jornada en h.extra, bien esto es otro error por su parte, en un calendario o cuadrante anual no se comienza a hacer h. extra hasta que no se realiza el num h que indica el convenio por lo que si tiene un cuadrante con X num de h y trabaja un día menos de la jornada anual establecida en el convenio pues entonces es imposible que la empresa les cobre ese día en h.e. porque di te ctamente no hacen ustedes h.e.
Así que para poder responder a su pregunta debe decirnos:
El convenio colectivo de aplicación
El num horas año que indica este convenio
El num h que indica el cuadrante o calendario anual.
La actividad de la empresa para ver si el trabajo es a turnos rotativos y si se puede trabajar en otro lugar fuera de esos turnos.
Y no lo olvide, en cómputo anual no se comienzan a hacer h e. hasta no haber cubierto la jornada marcada en el convenio.
22/05/2023 17:37
Hola buenas, llevo 2 años en l empresa del Telepizza , mis horas son de 60 al mes, (una vergüenza lo sé)
El problema esque la empresa lleva 2 o 3 meses haciendo que llegue a 50 a 55 horas al mes , haciendo que deba horas para el siguiente mes , les digo que quiero echar mis horas no quedando debiendo horas cada dos por tres porque luego el mes que hago algo de más me las descuentan , que puedo hacer ? Por mucho que se lo diga a los encargados dice que no pueden hacer nada