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¿Debo pagar honorarios abogado habiendo perdido el juicio por sus errores repetidos?

31 Comentarios
Viendo 21 - 31 de 31 comentarios
15/09/2009 15:56
Pues se ve que a mi me lo incliyen en la cuota, porque no tenía noticia.
15/09/2009 13:31
Gracias por la respuesta. ¿Qué plazo hay para interponer denuncia por esas coacciones a la comunidad por imponer la multa y llevar mucho tiempo privándome de mi derecho a voto, reflejarme como morosa por esa multa, et.?. Supongo que la denuncia iría contra los propietarios que votaron a favor de imponer dicha sanción ¿o es sólo al presidente y secretario-administrador?. Saludos.
11/09/2009 21:13
Art. 13.1 Estatuto abogacía. Estará obligado a satisfacer la cuota de ingreso y DEMÁS que tenga establecidas el Colegio. Cada Colegio concierta un seguro para todos sus colegiados y se lo pasa cada 6 meses o período que tenga establecido. Si hay algún colegio que no lo hace lo desconozco.
11/09/2009 17:49
PipelineR donde viene lo del seguro obligatorio?
11/09/2009 17:14
Pues está en el segundo caso: abogado con colaboradores noveles que no supervisa su actuación y uso mecánico de los formularios sin adaptar al caso y sin dejarle las cosas claras al Juez. Ante eso demanda de responsabilidad civil contra el abogado por los perjuicios (el seguro es obligatorio) y oposición a la eventual jura de cuentas. Yo en su momento me hubiera planteado incluso denunciarles por coacciones a la comunidad por lo de las multas. En todo caso, teniendo nueva letrada, sólo queda desearle buena suerte.
11/09/2009 16:19
¿Hay algún registro, o cualquier otro medio de información, donde una persona que precise contratar un abogado pueda informarse?. Hasta donde yo sé: no. Ni siquiera en los Colegios de Abogados informan, sólo si alguien está colegiado o no, no de su eficacia o ineptitud.
Creo que el tener despacho abierto al público, y anunciarse como abogado en las Páginas Amarillas supone que es un letrado "adecuado" para prestar ese servicio jurídico. ¿Cómo va a saber el ciudadano su valía si no puede obtener esa información?.
PipelineR: No soy abogada, pero sí entiendo un poco de temas jurídicos, lo suficiente para saber la metedura de pata de mi abogado. Le comento, y Vd. valore: Impugnación de acuerdos en una comunidad de propietarios relativos a una costosa mejora no exigible a tenor del art. 11 de la LPH que ni siquiera está legalmente aprobada (básicamente, colocar mármol en el portal y sustituir la puerta de entrada -sólida y en perfecto estado- por otra ostentosa. Esas obras suponen, además, la alteración de un elemento común (votamos en contra 4 propietarios, cuando la ley dice que se precisa la unanimidad); dificultar la accesibilidad existente hasta entonces al inmueble, con lo cual se ve gravemente perjudicado uno de los propietarios impugnantes (discapacitado), y otros detalles que omito. La derrama por vivienda es nueve veces más elevada que la cuota mensual de gastos comunes (el art. 11 de la LPH dice que no serán exigibles mejoras no requeribles para la adecuada conservación, seguridad, habitabilidad, ... del edificio cuando su coste supere el triple de una mensualidad de gastos comunes y se vote en contra, como hicimos). Como votamos en contra de las obras, varios propietarios -que supusieron mayoría en esa junta- votaron para que nos sancionaran económicamente por eso: por haber votado en contra de las mejoras, y nos imponen una sanción económica, relativamente elevada, sólo a los propietarios que votamos en contra de dichas mejoras, consistente en pagar duplicadamente parte de la factura de las obras (vamos, que si no quieres caldo, toma tres tazas). Consignamos judicialmente la derrama por las obras y contactamos con un abogado, en cuyo despacho hay otros cinco o seis abogados más y dos secretarias, por lo que nos pareció de cierta solvencia. Llevamos toda la documentación, y pruebas consistentes, incluso hojas mecanografiadas explicando con detalle el asunto. Pidió más documentación que cuando se la llevamos me dijo que lo hablara con su compañera (una chica joven). Le comentamos que la "sanción" que consta en acta y que nos reclamaban como aprobación de deuda no ha sido pagada ni consignada, que si la consignamos como la otra, o le entregamos el dinero a ellos para que procedan, o cómo hacemos. Nos responde que no hace falta consignar (y en base a la ley creo llevaba razón: no se trata de cuotas pendientes de gastos ordinarios, ni de dotación al fondo de reserva, ni de derramas legalmente aprobadas, pero por mayor seguridad queríamos consignar). Luego supe que la demanda la redactó esa joven, y con bastantes errores, pero la firmó el primer abogado. Fue inadmitida, con condena en costas, por no haber consignado esa cantidad que pretendían cobrar como sanción. ¿DONDE QUEDAN LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE NUESTRA CONSITUCION: LIBERTAD, TUTELA EFECTIVA DE JUECES Y TRIBUNALES .... ¿CÓMO PUEDE SER ALGUIEN SANCIONADO POR EJERCER SUS DERECHOS CONSTITUCIONALES, Y OBVIAMENTE CUANDO LA LEY NO LO CONTEMPLA?. Dijo el abogado que había que apelar dicho auto de inadmisión. Volví a reiterarle que indicara que era una sanción ilegal, que no contempla la ley, y que la LPH sólo recoge la obligación de pagar o consignar previamente en los tres supuestos indicados (cuotas mensuales ordinarias, dotación al fondo de reserva o derramas legalmente aprobadas). Me dijo que el abogado era él. Pero en su recurso lo volvió a omitir, divagando sobre si "los impugnantes son de bajos recursos", bla, bla, bla. Volvimos a perder en segunda instancia, y nos dice que no quiere continuar con el asunto, pues ve "una mano negra" en todo eso. Nos pasa una minuta, por más dinero que el presupuestado en caso de haberse estimado la demanda y concluido el pleito en sentencia, y no nos descuenta la provisión de fondos entregada. Además, me entero que la joven a la que nos derivó es su becaria, por lo que ni sabemos si cuando redactó la demanda era licenciada en Derecho y colegiada.
La situación es esta: una demanda, que nos dijo él que había grandes posibilidades de ganarla con costas, ha sido desestimada debiendo pagar nosotros las costas; siguen reflejándonos como morosos por esa "sanción" y privándonos de voto en las juntas; y el propietario discapacitado tiene más dificultad de accesibilidad a su propia casa, por lo que ha reducido las salidas de su domicilio.
Espero su opinión. Saludos.

10/09/2009 02:14
Chi, es tan sencillo como entender que un médico no intentará hacerle mal pero eso no quita para que hayan médicos mejores y peores. Otra cosa es que hayan garbanzos negros en la olla, que acepten casos sin estar preparados, que aún estando preparados no presten atención al tema, y para eso están las responsabilidades tanto colegiales, como civiles e incluso penales.
Pero también hay clientes que no aceptan que un juicio se puede perder. Hay de todo.
perfil Chi
09/09/2009 23:52
Estimada Blanca, entiendo lo que le sucede. Lamentablemente a mi madre la han despedido en el año 2002 y le recomendaron un abogado que termino presentando una demanda muy mal redactada y con falta de informacion brindada por mi madre (de esto nos dimos cuenta mas adelante, por supuesto). Cuando mi madre pierde el juicio en primer instancia, el abogado decide abandonar el caso. Fue una locura encontrar otro profesional que quiera continuarlo, solo una abogada lo hizo, pero no sin antes informarnos que habia estado todo mal presentado desde el principio. Como era de esperar, el juicio se perdio. Muchas veces intente convencer a mi madre de que le hagamos un juicio al primer abogado por mala praxis, pero su estado de depresion era muy grande como para hacerlo.
Hoy, despues de mas de tres años de la sentencia, los abogados de la empresa (Empresa multinacional y muy conocida), parte contraria, por supuesto, le reclaman a mi madre los honorarios...
Hoy la situacion nos encuentra de otra forma, ya recuperados por la gran estafa, y veremos de que manera manejar esto que ellos reclaman...
Ahora... Cuando PipellineR dice "LAS MALAS ELECCIONES TRAEN MALAS CONSECUENCIAS" creo que esta olvidando el Codigo de Etica que deben de respetar todos los abogados y la confianza que deposita un cliente que desconoce totalmente todo el proceso de un juicio laboral. La vida me ha cruzado con muchos abogados respetuosos y transparentes, pero lo estan los otros... Y elegirlos NO ES UNA MALA ELECCION... Es CONFIAR en que esa persona HARA JUSTICIA por nosotros, que vuelvo a repetir, en ese momento desconociamos todo lo referente a juicios...
03/09/2009 15:22
Seguro??? No conozco a nadie que lo tenga...
02/09/2009 18:18
Es poco probable que un juicio esté "ganado" antes de empezar. Si tan segura está de que tuvo fallos en la demanda y otras cosas será porque es usted abogada y en tal caso no entiendo porqué no se autodefendió habida cuenta de que tan segura está de que la apelación hubiera sido estimada con sus argumentos.
La otra opción es que tenga ud. razón y sea un abogado pirata. Aún así, la elección es libre y las malas elecciones traen malas consecuencias. Los honorarios han de ser pagados como se le dijo, si no a la larga sus bienes serán embargados sin perjuicio de alegar esa pluspetición en una eventual jura cuentas y pedir responsabilidad del letrado que falló con cargo a su seguro de responsabilidad civil que para eso está.
28/08/2009 10:44
Yo intentaría llegar a algún tipo de acuerdo con el abogado si las cosas son tal como las cuentas, pero nunca dejaría de pagarle los honorarios. Por supuesto, debe descontarte la provisión de fondos que le anticipaste. Eso no se negocia.
Un consejo que te doy es que te asegures de que tus asuntos no te los lleve cualquiera. No solo se necesitan conocimientos y técnicas jurídicas sino también poner interés en los escritos a enviar al JUzgado (o a cualquier Organismo).
Suerte
¿debo pagar honorarios abogado habiendo perdido el juicio por sus errores repetidos?
11/08/2009 14:52
En un procedimiento civil, al abogado que me lo tramitó, le llevé el primer día todo bien relatado y por escrito, y múltiples pruebas que hacían que el pleito estuviera ganado. El me dio esperanzas de ganar. Pero metió la pata en la redacción de la demanda (y en otras cosas). La demanda fue desestimada, con condena en costas, sin ni siquiera ser tratada (bastó el escrito de oposición de la parte contraria). Dijo que había que recurrir dicha desestimación. En el escrito de recurso, volvió a meter la pata, a pesar de haberle recordado los hechos e insistido en que lo plasmara con veracidad y firmeza, e hizo un desarrollo que poco tenía que ver con los argumentos concretos y que hubieran podido hacer ganar esa apelación, vamos, que embarulló todo. Perdí de nuevo la apelación. Ahora me presenta una minuta bastante elevada, en la que ni siquiera descuenta la provisión de fondos que le entregué. ¿Estoy obligada a pagar sus honorarios a pesar del perjuicio sufrido?. Me parece indignante. He perdido la cantidad que reclamaba en el pleito, tengo que pagar las costas, y encima su deficiente trabajo que ha servido para ocasionarme un perjuicio!. Saludos.