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declaracion alquiler

3 Comentarios
 
Declaracion alquiler
03/01/2007 17:38
Hola, yo vivo en un bloque de apartamentos de alquiler. El dueño lo tiene declarado como un hotel , pero todos los apartamantos estan alquilados siempre por las mismas personas, aunque al final de mes, al pagar, nos da una esècie de factura con los dias del mes y lo que vale cada dia vivir ahí, la suma de todos los dias es siempre la misma, el alquiler que pago mensualmente.

La pregunta es si yo puedo declarar eso para desgravar a hacienda como mi vivienda habitual, llevo ya año y medio en ella con esas facturas.

Espero que alguen pueda aclararme esto, un saludo y gracias
03/01/2007 20:59
Hola Picbarla, tienes la posibilidad de deducir por alquiler de vivienda habitual si tu contrato es anterior al 24 de abril de 1998 (además de otros requisitos), o bien si vives en alguna de las comunidades autónomas que contemplan deducción autonómica por alquiler de vivienda habitual (Andalucía, Asturias, Islas Baleares, Cantabria, Cataluña, Galicia, Madrid, Comunidad Valenciana), ambas deducciones, la general y autonómica son incompatibles. Por otro lado decirte que si vives de forma habitual en una vivienda alquilada durante todo el año, tu contrato debe regirse bajo lo establecido en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), donde se contemplan una serie de derechos y obligaciones de forma imperativa tato para el propietario como para el inquilino.
04/01/2007 08:53
Vivo en el Pais Vasco y posterior a 1998, por lo que por esa vía no hay nada que hacer.
No esta regulado por la LAU ya que es un hotel(apartahotel), pero yo vivo allí desde hace un año y medio ininterrumpidamente, como el resto de las familias que viven en esos apartamentos.
Crees entonces que no tengo absolutamente nada que hacer.
Gracias y un saludo luisjim
04/01/2007 16:30
En absoluto, el País Vasco es territorio Foral cuya normativa fiscal presenta diferencias respecto a la que regula el resto de las Comunidades Autónomas. Sin ser especialista en la normativa del IRPF del País Vasco, su régimen foral permite la deducción por alquiler de vivienda habitual, bien un 25% de las cantidades satisfechas (con el limite de 2000 euros) si se es menor de 35 años o familia numerosa , bien un 20% (con el límite de 1600 euros) en cualquier otro caso. Respecto al concepto de vivienda habitual, la Ley exige que el contribuyente tenga allí su residencial habitual durante un plazo continuado de al menos tres años. Entiendo que si llevas viviendo durante año y medio en ese apartamento siendo tu residencia a todos los efectos puedes deducir la cantidad anual pagada como alquiler, solo si dejas ese domicilio antes de que transcurra los tres años referidos deberás devolver a hacienda todas las cantidades deducidas más intereses. Saludos
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03/01/2007 17:38
Hola, yo vivo en un bloque de apartamentos de alquiler. El dueño lo tiene declarado como un hotel , pero todos los apartamantos estan alquilados siempre por las mismas personas, aunque al final de mes, al pagar, nos da una esècie de factura con los dias del mes y lo que vale cada dia vivir ahí, la suma de todos los dias es siempre la misma, el alquiler que pago mensualmente.

La pregunta es si yo puedo declarar eso para desgravar a hacienda como mi vivienda habitual, llevo ya año y medio en ella con esas facturas.

Espero que alguen pueda aclararme esto, un saludo y gracias
03/01/2007 20:59
Hola Picbarla, tienes la posibilidad de deducir por alquiler de vivienda habitual si tu contrato es anterior al 24 de abril de 1998 (además de otros requisitos), o bien si vives en alguna de las comunidades autónomas que contemplan deducción autonómica por alquiler de vivienda habitual (Andalucía, Asturias, Islas Baleares, Cantabria, Cataluña, Galicia, Madrid, Comunidad Valenciana), ambas deducciones, la general y autonómica son incompatibles. Por otro lado decirte que si vives de forma habitual en una vivienda alquilada durante todo el año, tu contrato debe regirse bajo lo establecido en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), donde se contemplan una serie de derechos y obligaciones de forma imperativa tato para el propietario como para el inquilino.
04/01/2007 08:53
Vivo en el Pais Vasco y posterior a 1998, por lo que por esa vía no hay nada que hacer.
No esta regulado por la LAU ya que es un hotel(apartahotel), pero yo vivo allí desde hace un año y medio ininterrumpidamente, como el resto de las familias que viven en esos apartamentos.
Crees entonces que no tengo absolutamente nada que hacer.
Gracias y un saludo luisjim
04/01/2007 16:30
En absoluto, el País Vasco es territorio Foral cuya normativa fiscal presenta diferencias respecto a la que regula el resto de las Comunidades Autónomas. Sin ser especialista en la normativa del IRPF del País Vasco, su régimen foral permite la deducción por alquiler de vivienda habitual, bien un 25% de las cantidades satisfechas (con el limite de 2000 euros) si se es menor de 35 años o familia numerosa , bien un 20% (con el límite de 1600 euros) en cualquier otro caso. Respecto al concepto de vivienda habitual, la Ley exige que el contribuyente tenga allí su residencial habitual durante un plazo continuado de al menos tres años. Entiendo que si llevas viviendo durante año y medio en ese apartamento siendo tu residencia a todos los efectos puedes deducir la cantidad anual pagada como alquiler, solo si dejas ese domicilio antes de que transcurra los tres años referidos deberás devolver a hacienda todas las cantidades deducidas más intereses. Saludos