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Declaración de herederos

5 Comentarios
 
Declaración de herederos
04/09/2014 12:31
Hola, buenos días. Quisiera saber si, para realizar la declaración de herederos, tiene que ser necesariamente en una notaría del municipio donde residía el fallecido, si hay algún tiempo máximo para realizarlo, y si se obtiene en seguida.
Muchas gracias
04/09/2014 12:57
Hola Tooq, puede realizarse en la Notaría que todos los herederos quieran, y si hay adjudicaciones de bienes inmuebles se tendrán que inscribir las adjudicaciones hereditarias en el Registro de la Propiedad dónde se hallen tales bienes.
El plazo es de 6 meses desde el fallecimiento, pudiendo solicitarse una prorroga del plazo por otros seis meses más bajo determinadas circunstancias. Este plazo es para liquidar el impuesto de transmisiones patrimoniales.
Se puede obtener enseguida, todo depende del tiempo que la Notaría tarde en prepararlo, pero como mucho, puede estar en una semana, una vez haya entregado toda la documentación necesaria.
Un saludo!!
04/09/2014 13:10
Hola gestiona, muchas gracias por tu respuesta. Para concretar mas, el fallecimiento ocurrió hace tres años, y como bienes solo quedaron un coche, y una cuenta, bloqueada, con apenas 1500 euros, y los herederos son dos hermanos, hijos del fallecido. Me gustaría saber si hay que realizar algún tramite previo, debido al tiempo transcurrido.
Muchas gracias de nuevo
04/09/2014 13:15
Necesitáis certificado de defunción (pedir unas tres copias al registro civil del lugar del fallecimiento), y con ese certificado, debéis solicitar a Madrid el certificado de últimas voluntades (puede hacerlo el Notario directamente), para obtener copia del último testamento del difunto.
Si ya tenéis esos documentos, es cuestión de llevarlos a la Notaría con la relación de bienes del fallecido, y el reparto que hayáis acordado.
04/09/2014 14:15
Una última cuestión, es necesario pedir el certificado de ultimas voluntades, aunque el difunto no hubiera realizado testamento?
04/09/2014 17:25
Es imprescindible. Pero lo puede solicitar on line la propia notaría. Por otra parte, solo es necesario hacer la declaración de herederos y no la escritura de aceptación de herencia (que será otro gasto y más caro) dado que no se heredan bienes inmuebles. Aunque Tráfico es posible que la pida para la adjudicación del coche, habría que enterarse.
Declaración de herederos | PorticoLegal
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Declaración de herederos
04/09/2014 12:31
Hola, buenos días. Quisiera saber si, para realizar la declaración de herederos, tiene que ser necesariamente en una notaría del municipio donde residía el fallecido, si hay algún tiempo máximo para realizarlo, y si se obtiene en seguida.
Muchas gracias
04/09/2014 12:57
Hola Tooq, puede realizarse en la Notaría que todos los herederos quieran, y si hay adjudicaciones de bienes inmuebles se tendrán que inscribir las adjudicaciones hereditarias en el Registro de la Propiedad dónde se hallen tales bienes.
El plazo es de 6 meses desde el fallecimiento, pudiendo solicitarse una prorroga del plazo por otros seis meses más bajo determinadas circunstancias. Este plazo es para liquidar el impuesto de transmisiones patrimoniales.
Se puede obtener enseguida, todo depende del tiempo que la Notaría tarde en prepararlo, pero como mucho, puede estar en una semana, una vez haya entregado toda la documentación necesaria.
Un saludo!!
04/09/2014 13:10
Hola gestiona, muchas gracias por tu respuesta. Para concretar mas, el fallecimiento ocurrió hace tres años, y como bienes solo quedaron un coche, y una cuenta, bloqueada, con apenas 1500 euros, y los herederos son dos hermanos, hijos del fallecido. Me gustaría saber si hay que realizar algún tramite previo, debido al tiempo transcurrido.
Muchas gracias de nuevo
04/09/2014 13:15
Necesitáis certificado de defunción (pedir unas tres copias al registro civil del lugar del fallecimiento), y con ese certificado, debéis solicitar a Madrid el certificado de últimas voluntades (puede hacerlo el Notario directamente), para obtener copia del último testamento del difunto.
Si ya tenéis esos documentos, es cuestión de llevarlos a la Notaría con la relación de bienes del fallecido, y el reparto que hayáis acordado.
04/09/2014 14:15
Una última cuestión, es necesario pedir el certificado de ultimas voluntades, aunque el difunto no hubiera realizado testamento?
04/09/2014 17:25
Es imprescindible. Pero lo puede solicitar on line la propia notaría. Por otra parte, solo es necesario hacer la declaración de herederos y no la escritura de aceptación de herencia (que será otro gasto y más caro) dado que no se heredan bienes inmuebles. Aunque Tráfico es posible que la pida para la adjudicación del coche, habría que enterarse.